Una ley que hace justicia a los no emplanillados
Aunque la idea se concibió mucho antes, fue el actual ministro de Vivienda Miguel Cárdenas, quien después de numerosas consultas y asesoramiento, se atrevió a dar el paso decisivo que llevó a la Asamblea Legislativa y al Organo Ejecutivo a la aprobación de la Ley No. 48 de 14 de agosto de 2001, que regula el desarrollo de programas habitacionales, mediante la figura de Arrendamiento Financiero de Bienes Inmuebles con promesa de Compraventa.
En un país cuya economía se encuentra cada vez más influida por las nuevas tendencias mundiales hacia el sector informal, es lógico que un segmento de la población se vea constantemente impedido de tener acceso a bienes materiales básicos como la vivienda, por estar sujeta su consecución a una serie de normas y obstáculos que fijan tradicionalmente los bancos privados para la recuperación de sus inversiones y consiguientes ganancias.
De manera que la importancia de esta ley radica en que, a partir de este momento, las familias que obtienen sus ingresos por vía de la actividad informal, ejerciendo negocios como los de transportistas, intermediarios y toda la amplia gama de oficios y ocupaciones que interactúan en la cadena de producción y mercadeo de servicios y bienes materiales, tendrán la oportunidad de poder comprar su propia vivienda, acogiéndose a los beneficios que señala esta nueva legislación.
Esta ley es el producto de la creatividad y la búsqueda de fórmulas que ayuden a reducir el déficit habitacional que está por el orden de las 170 mil viviendas en el país, y combina los aportes del sector privado y estatal, dejando de lado la separación entre ambos sectores de la economía y uniéndolos para un mismo objetivo.
La nueva legislación rompe además con las dos opciones tradicionales en que una familia tenía que comprar o alquilar, y crea la figura de arrendamiento financiero con opción de compra, para lo cual se fijan derechos y deberes de forma clara entre promotores -arrendadores y arrendatarios- compradores.
Esto último quiere decir que el arrendatario-comprador pagará un canon especial que consistirá en una mensualidad fraccionada en una porción para el arrendamiento por el uso del inmueble y la otra parte constituirá un ahorro para el abono inicial que se utilizará en la adquisición de la vivienda.
Uno de los componentes en la construcción de viviendas, cada día más costoso y escaso, en las áreas metropolitanas, es el terreno sobre el cual se edifican los proyectos, de modo que con esta ley el Estado ofrece también su cuota poniendo a disposición de promotores e inversionistas, tierras de su propiedad a través de licitaciones públicas.
Esta ley tiene un ámbito sobre viviendas nuevas que no han sido previamente habitadas por contrato, cuyo precio de venta no sea mayor de veinticinco mil balboas (B/.25,000.00), de acuerdo con lo establecido en el sector II de la Ley 61 de 1996.
Ahora sólo falta implementar la iniciativa legislativa, para lo cual se requiere el coraje y la disposición al trabajo de los actores involucrados, confiados en que además de impulsar la construcción de nuevos proyectos de viviendas que contribuyan a generar plazas de trabajo, tan requeridas en este país, ayuden a elevar la calidad de vida de los panameños más golpeados por los desajustes que sufre en esta hora crucial la economía a nivel local y mundial.
En un país cuya economía se encuentra cada vez más influida por las nuevas tendencias mundiales hacia el sector informal, es lógico que un segmento de la población se vea constantemente impedido de tener acceso a bienes materiales básicos como la vivienda, por estar sujeta su consecución a una serie de normas y obstáculos que fijan tradicionalmente los bancos privados para la recuperación de sus inversiones y consiguientes ganancias.
De manera que la importancia de esta ley radica en que, a partir de este momento, las familias que obtienen sus ingresos por vía de la actividad informal, ejerciendo negocios como los de transportistas, intermediarios y toda la amplia gama de oficios y ocupaciones que interactúan en la cadena de producción y mercadeo de servicios y bienes materiales, tendrán la oportunidad de poder comprar su propia vivienda, acogiéndose a los beneficios que señala esta nueva legislación.
Esta ley es el producto de la creatividad y la búsqueda de fórmulas que ayuden a reducir el déficit habitacional que está por el orden de las 170 mil viviendas en el país, y combina los aportes del sector privado y estatal, dejando de lado la separación entre ambos sectores de la economía y uniéndolos para un mismo objetivo.
La nueva legislación rompe además con las dos opciones tradicionales en que una familia tenía que comprar o alquilar, y crea la figura de arrendamiento financiero con opción de compra, para lo cual se fijan derechos y deberes de forma clara entre promotores -arrendadores y arrendatarios- compradores.
Esto último quiere decir que el arrendatario-comprador pagará un canon especial que consistirá en una mensualidad fraccionada en una porción para el arrendamiento por el uso del inmueble y la otra parte constituirá un ahorro para el abono inicial que se utilizará en la adquisición de la vivienda.
Uno de los componentes en la construcción de viviendas, cada día más costoso y escaso, en las áreas metropolitanas, es el terreno sobre el cual se edifican los proyectos, de modo que con esta ley el Estado ofrece también su cuota poniendo a disposición de promotores e inversionistas, tierras de su propiedad a través de licitaciones públicas.
Esta ley tiene un ámbito sobre viviendas nuevas que no han sido previamente habitadas por contrato, cuyo precio de venta no sea mayor de veinticinco mil balboas (B/.25,000.00), de acuerdo con lo establecido en el sector II de la Ley 61 de 1996.
Ahora sólo falta implementar la iniciativa legislativa, para lo cual se requiere el coraje y la disposición al trabajo de los actores involucrados, confiados en que además de impulsar la construcción de nuevos proyectos de viviendas que contribuyan a generar plazas de trabajo, tan requeridas en este país, ayuden a elevar la calidad de vida de los panameños más golpeados por los desajustes que sufre en esta hora crucial la economía a nivel local y mundial.