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Una migración aristocrática


El nuevo decreto ley No. 3 de 22 de febrero de 2009, que entra en vigencia el 22 de agosto de 2008, crea el Servicio Nacional de Migración, la carrera migratoria y dicta otras disposiciones que reemplazan al Decreto Ley 16 de 1960. Con ello se pretende que la política migratoria panameña entre al siglo 21.

Lo único que hemos visto del siglo 21 de este decreto No. 3 de 2008, son las tarifas desproporcionadas con respecto al decreto que lo precedió. Se incrementa el costo de la repatriación de $500.00  a $800.00, y el pago al Tesoro Nacional se eleva de los $100.00 a $ 250.00, por lo que tenemos que lo que antes costaba para el usuario $600.00, se aumentó a la “módica” suma de $1,050.00, costo solamente en esos dos requisitos para la tramitación de una visa, lo cual obviamente va a contribuir con la inmigración y estadía ilegal en Panamá, dado que no todos los extranjeros pueden pagar dicha suma.

Tenemos otra situación con respecto al tiempo; por ejemplo, si deseamos visitar a nuestro vecino del norte, la visa nos cuesta $130.00, que es sólo la entrevista, y en poco tiempo conocemos si nos concedieron la visa o fue negada en nuestro Panamá. Después que se entrega la documentación, que debe incluir los cheques certificados de $100.00 y de $500.00, después de una larga jornada de trámites y de subir y bajar escaleras, debe pasar (depende del trámite) de ocho meses hasta 15 meses (a veces hasta más) para que al final, cuando va a la dirección para firma de la resolución (pasan 2-3 meses más) conozcamos si nos concedieron la visa o si fue negada. Sólo nos queda reconsiderar; pero en todo el proceso, si la visa es negada, el usuario puede perder los $600.00 aportados.

Ahora, el Decreto Ley No. 3 busca resolver los permisos temporales y permanentes en el tiempo récord de 60 días hábiles, pero lo más delicado del asunto es una disposición transitoria que señala que a partir del primer año de la vigencia del decreto ley, en caso de no tomarse una decisión en el término establecido de los 60 días hábiles, la solicitud se entenderá aprobada a favor del solicitante. Es decir, que si no se resuelve en ese término todas las peticiones de visa, serán aprobadas a favor del extranjero.

Otras de las instituciones que dispone el decreto, aparte de la carrera migratoria, cuya reglamentación está pendiente, es una Academia Migratoria, bajo la supervisión del Ministerio de Gobierno y Justicia; y, para terminar, se crea un fondo para el desarrollo humano con el 10% de las multas que se le cobra a los extranjeros para incentivar la productividad del personal migratorio.

 “La democracia debe guardarse de dos extremos: el espíritu de desigualdad que la conduce a la aristocracia y el espíritu de igualdad extrema que conduce al despotismo”. Montesquieu.

101 años de Panamá América

 
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