Una reglamentación sin sustancia
En días pasados, el ministro de Economía y Finanzas, Ricaurte Vásquez, circuló entre diversos gremios el juego de reglamentos de la Ley 6 de 2 de febrero de 2005, que pone en marcha un programa de equidad fiscal. Se trata de reglamentos del impuesto sobre la renta, del impuesto selectivo al consumo, del impuesto de transferencia de bienes corporales muebles y la prestación de servicios y sobre otros asuntos relacionados con dicha ley. Lo hizo en vísperas del vencimiento del plazo de cuatro meses otorgado por la Ley 6 para que el Ejecutivo dictara esa reglamentación. Lo que no sabía, sin embargo, era que esa divulgación iba a causar que se aplazara su adopción y promulgación.
Todo el que ha tenido acceso a estos instrumentos pudo constatar, aún mediante una revisión superficial, que el Ministerio de Economía y Finanzas no hizo un mayor esfuerzo para arrojar luces y desarrollar los novedosos y hasta casi revolucionarios conceptos introducidos mediante la Ley 6. El texto nuevo en la reglamentación propuesta es mayoritariamente una repetición del texto que ya está en la ley y el reglamento existente, al punto que en algunos casos ni siquiera se tomaron el trabajo de actualizar las referencias a "este Código". Salvo por contadísimas normas, los cambios a los diversos decretos ejecutivos hasta ahora vigentes no añaden mayor sustancia.
Hacen bien en posponer la adopción y promulgación de estos importantes reglamentos, inclusive, incumpliendo el plazo establecido para ello en la Ley 6. Mejor es demorar su dictamen - cosa que ocurre con bastante más regularidad de la que debería- que adoptar un reglamento que no asista a los contribuyentes a un mejor entendimiento y aplicación de la ley.
Todo el que ha tenido acceso a estos instrumentos pudo constatar, aún mediante una revisión superficial, que el Ministerio de Economía y Finanzas no hizo un mayor esfuerzo para arrojar luces y desarrollar los novedosos y hasta casi revolucionarios conceptos introducidos mediante la Ley 6. El texto nuevo en la reglamentación propuesta es mayoritariamente una repetición del texto que ya está en la ley y el reglamento existente, al punto que en algunos casos ni siquiera se tomaron el trabajo de actualizar las referencias a "este Código". Salvo por contadísimas normas, los cambios a los diversos decretos ejecutivos hasta ahora vigentes no añaden mayor sustancia.
Hacen bien en posponer la adopción y promulgación de estos importantes reglamentos, inclusive, incumpliendo el plazo establecido para ello en la Ley 6. Mejor es demorar su dictamen - cosa que ocurre con bastante más regularidad de la que debería- que adoptar un reglamento que no asista a los contribuyentes a un mejor entendimiento y aplicación de la ley.