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¿Ventilación pública de la justicia?


¡Por supuesto que los procesos judiciales no deben discutirse en los medios de comunicación! Y por supuesto, también, que los magistrados y jueces no deben adelantar juicios u opiniones sobre los procesos sometidos a su decisión. Y no debe ser de otra manera. Lo contrario, pondría en peligro la existencia misma de la institución judicial.
La administración de justicia es una de las tres funciones esenciales del Estado. A ella le corresponde mantener la estabilidad jurídica, al dirimir las controversias entre los particulares, al decidir sobre la validez o invalidez de los actos de los funcionarios o sobre la constitucionalidad de las leyes. La administración de justicia debe ser el fiel de la balanza, y para que pueda serlo los magistrados y jueces deben tener absoluta independencia para tomar sus decisiones. Nadie debe influir sobre ellos y tampoco presionárseles para que adelanten información sobre las decisiones que podrían adoptar durante la tramitación de los expedientes sometidos a su jurisdicción.
El anterior introito viene a cuenta para referirme a algunas reacciones sobre las recientes declaraciones del nuevo presidente de la Corte Suprema de Justicia, orientadas a ordenar y mejorar las relaciones del Organo Judicial con los medios de comunicación.
No encuentro razón alguna para cuestionar al magistrado Pereira Burgos. En las reseñas de su discurso publicadas en los medios, no veo fundamento para que de ellas puedan derivarse interpretaciones sobre supuestas violaciones del derecho a la información. A los magistrados y jueces puede exigírseles que cumplan sus deberes en los términos que les señalan las normas legales vigentes. Por ejemplo, que tomen a tiempo las decisiones que aseguren la tramitación de los procesos en los plazos previstos en el Código Judicial. Y, también es legítimo que sus decisiones, una vez tomadas, sean examinadas y disputadas, y no sólo por las partes sino, además, por quienes consideren que no son correctas. Pero mientras el tribunal, magistrado o juez no se haya pronunciado no debe pedírseles que compartan con los medios ni con nadie sus apreciaciones sobre ningún caso, pues estarían incumpliendo sus deberes y podrían ser recusados y descalificados para seguir conociendo el proceso de que se trate.
En lo que hace a la función de administrar justicia, rigen reglas diferentes. Es legítimo que los medios pidan explicación a un ministro o director de entidad autónoma sobre los asuntos de su competencia. Ellos cumplen una función completamente diferente a la de los jueces. Estos, a diferencia de los funcionarios políticos, están obligados a mantener reserva sobre sus actuaciones hasta tanto no decidan una medida o una sentencia.
Desde hace un buen tiempo a esta parte, se ha vuelto hábito reiterado que muchos medios de comunicación se erijan en jueces y pronuncien veredictos, condenatorios o absolutorios, aún antes de que los tribunales tengan conocimiento de un caso. Esa práctica, llevada a los extremos que con frecuencia vemos en los medios de comunicación, en nada contribuye a la buena administración de justicia. Por ello, poner un poco de orden en las relaciones del Organo Judicial con los medios de comunicación, no sólo me parece oportuno sino necesario.
Y solamente eliminando la corrupción podremos salir del abismo económico, ya que donde no existe justicia tampoco existe seguridad jurídica para los inversionistas honestos y esto le da una mala imagen internacional a Panamá.

101 años de Panamá América

 
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