¿Visión de estadista?
El principio de "equidad" es el más anhelado por los sistemas tributarios. Nuestra Constitución, dentro de los pocos principios del Derecho Tributario que recoge, contempla, en el artículo 261 "...que todo impuesto grave al contribuyente en proporción directa a su capacidad económica". En ese sentido, un Impuesto sobre la Renta global, progresivo y equitativo se ajustaría mejor a la capacidad económica de las personas y a su capacidad para pagar impuestos (contributiva). Partiendo de esa conjugación de principios doctrinales, normas constitucionales y realidades legales, se pretende encontrar la anhelada equidad y, por ende, la justicia social a que seguramente se refirió el Presidente de la República cuando dijo antes de finalizar el año que en Panamá "se requiere de una reforma que logre equidad y justicia en materia de tributación, que no existe en el país". (Panamá América, 29 de diciembre).
Se puede decir que el Impuesto sobre la Renta (I/R) es o debe ser el termómetro de la equidad tributaria. Así, si el I/R está perforado de exenciones, exoneraciones, deducciones legales y otras debilidades políticas, legales y administrativas, evidenciará que el sistema tributario en general, está igual viciado, constituyendo una negación o desconocimiento de la capacidad tributaria en general. Y, seguramente, a eso se refería el Presidente cuando hacía referencia a que esa deseable "equidad y justicia en materia de tributación no existe en el país".
Nos abocamos a una reforma tributaria y fiscal entendiendo, por lo tanto, que las reformas al I/R serán para lograr que todos los ingresos de fuente panameña sean objeto del impuesto; es decir, que su alcance sea "global" (desde salarios, honorarios, comisiones, gastos de representación, sobresueldos, ganancias, emolumentos, ingresos en especie, etc.). Asimismo, para que tenga tramos "progresivos" y que cada quien pague en proporción a esos ingresos o a su capacidad tributaria, para lograr la equidad del sistema. Paralelamente, o viendo la otra cara de la moneda, habrá que reformar el tratamiento tributario de las personas jurídicas para que no sea un subterfugio más que distorsione la globalidad, progresividad y equidad del I/R.
La cuestión no es fácil en el tiempo, forma y contenido. Por ello, con gran acierto, la Dirección General de Ingresos afirma (documento de octubre/04) que los principales problemas tributarios de Panamá son: la caducidad del sistema tributario (problemas en la estructura tributaria básica, ausencia de un Código Tributario, normas procedimentales complicadas y dispersas y problemas propios de la administración tributaria), y la falta de una política tributaria que responda a lo que queremos en materia tributaria, cómo lo queremos y para qué lo queremos. Es decir, que establezca si lo que deseamos es una reforma, una simplificación o una renovación del sistema. Y que ataque con efectividad la elusión y la evasión del impuesto, caracterizadas por el empleo de figuras jurídicas o contables para evitar o pagar menos impuestos, la deficiente fuerza fiscalizadora, la carencia de un cuerpo técnico en investigaciones, y de inspectores y auditores destinados a prevenir, investigar y detectar la evasión o el fraude.
Asimismo, resulta importante definir si se desea superar la excesiva dependencia jerárquica de la DGI, que no le permite la autonomía funcional, financiera, económica, jurídica y administrativa, para realizar de manera apolítica, objetiva y cabal los áuditos, fiscalizaciones y demás investigaciones. Igualmente, para corregir la falta de un control de gestión que minimice el empirismo, el casuismo que examina casos individuales en lugar de hacerlo en forma genérica, y las dificultades en la formación de criterios objetivos y monolíticos que brinden seguridad, certeza y seguimiento a los casos.
Nuestro liderazgo gubernamental está frente a la oportunidad de demostrar que, a diferencia de los políticos que piensan en las próximas elecciones, puede proyectarse como los estadistas que piensan en las próximas generaciones.
(gemiliani@cwpanama.net)
Se puede decir que el Impuesto sobre la Renta (I/R) es o debe ser el termómetro de la equidad tributaria. Así, si el I/R está perforado de exenciones, exoneraciones, deducciones legales y otras debilidades políticas, legales y administrativas, evidenciará que el sistema tributario en general, está igual viciado, constituyendo una negación o desconocimiento de la capacidad tributaria en general. Y, seguramente, a eso se refería el Presidente cuando hacía referencia a que esa deseable "equidad y justicia en materia de tributación no existe en el país".
Nos abocamos a una reforma tributaria y fiscal entendiendo, por lo tanto, que las reformas al I/R serán para lograr que todos los ingresos de fuente panameña sean objeto del impuesto; es decir, que su alcance sea "global" (desde salarios, honorarios, comisiones, gastos de representación, sobresueldos, ganancias, emolumentos, ingresos en especie, etc.). Asimismo, para que tenga tramos "progresivos" y que cada quien pague en proporción a esos ingresos o a su capacidad tributaria, para lograr la equidad del sistema. Paralelamente, o viendo la otra cara de la moneda, habrá que reformar el tratamiento tributario de las personas jurídicas para que no sea un subterfugio más que distorsione la globalidad, progresividad y equidad del I/R.
La cuestión no es fácil en el tiempo, forma y contenido. Por ello, con gran acierto, la Dirección General de Ingresos afirma (documento de octubre/04) que los principales problemas tributarios de Panamá son: la caducidad del sistema tributario (problemas en la estructura tributaria básica, ausencia de un Código Tributario, normas procedimentales complicadas y dispersas y problemas propios de la administración tributaria), y la falta de una política tributaria que responda a lo que queremos en materia tributaria, cómo lo queremos y para qué lo queremos. Es decir, que establezca si lo que deseamos es una reforma, una simplificación o una renovación del sistema. Y que ataque con efectividad la elusión y la evasión del impuesto, caracterizadas por el empleo de figuras jurídicas o contables para evitar o pagar menos impuestos, la deficiente fuerza fiscalizadora, la carencia de un cuerpo técnico en investigaciones, y de inspectores y auditores destinados a prevenir, investigar y detectar la evasión o el fraude.
Asimismo, resulta importante definir si se desea superar la excesiva dependencia jerárquica de la DGI, que no le permite la autonomía funcional, financiera, económica, jurídica y administrativa, para realizar de manera apolítica, objetiva y cabal los áuditos, fiscalizaciones y demás investigaciones. Igualmente, para corregir la falta de un control de gestión que minimice el empirismo, el casuismo que examina casos individuales en lugar de hacerlo en forma genérica, y las dificultades en la formación de criterios objetivos y monolíticos que brinden seguridad, certeza y seguimiento a los casos.
Nuestro liderazgo gubernamental está frente a la oportunidad de demostrar que, a diferencia de los políticos que piensan en las próximas elecciones, puede proyectarse como los estadistas que piensan en las próximas generaciones.
(gemiliani@cwpanama.net)