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Vuelven los verdugos


EN UN ACTO DE evidente burla y menosprecio para con la libertad de expresión y la libertad de información, una vez más el jefe del Ejecutivo, en contubernio con los diputados del adocenado Órgano Legislativo, han recurrido a la jugarreta de trastienda para introducir y mantener, en el proyecto de Código Penal que se discute en sesiones extraordinarias a tambor batiente, por lo menos tres artículos que atentan contra la libertad de expresión, el derecho a la información y el ejercicio de periodismo, además de promover la corrupción: Estos artículos son:
Artículo 187 (aprobado en primer debate por la Comisión de Gobierno): "Quien posea legítimamente una correspondencia, grabación o papeles no destinados a la publicidad, aunque le hubiesen sido dirigidos y lo haga público sin la debida autorización y de ello resultare un perjuicio, será sancionado con prisión de uno (1) a dos (2) años o su equivalente en días-multa o arresto de fines de semana. No se considerará delito la divulgación de documentos indispensables para la comprensión de la historia, la ciencia y las artes. Si media el perdón de la víctima, se ordenará el archivo de la causa".
Artículo 189 (aprobado en primer debate por la Comisión de Gobierno): "Quien intercepte, se apodere, modifique, utilice, reproduzca, copie o altere parcial o íntegramente, en perjuicio de terceros, la imagen personal o datos reservados de carácter personal o familiar, que se encuentren en registros, ficheros, soportes informáticos, electrónicos o telemáticos, será sancionado con prisión de dos (2) a cuatro (4) años. Si se publica, divulga, revela o cede a terceros el contenido o la información, la pena será de dos (2) a cinco (5) años de prisión. Si la información es restringida de carácter oficial, la pena se aumentará hasta una tercera parte".
Artículo 422 (aprobado en primer debate por la Comisión de Gobierno): "Quien revele información reservada en materia política, diplomática o policial referentes a la seguridad del Estado, será sancionado con prisión de dos (2) a cuatro (4) años...".
En Panamá, por decisión gubernamental, nos seguimos adentrando cada vía más por los tortuosos caminos que nos distancian de la posibilidad de poder establecer un Estado constitucional democrático.
Las intenciones de conculcar los frágiles espacios de libertad de expresión existentes habían quedado evidenciadas desde el año pasado, en las manifestaciones de algunos de los "comisionados" gubernamentales para la elaboración del anteproyecto de Código Penal. Sus descarnados propósitos, aun cuando fueron puestos en evidencias, siempre estuvimos lejos de creer que desaparecerían como resultado de "consensos" obtenidos para evadir la repulsa que sus pretensiones generaron en su momento.
Al igual que la Relatoría para la Libertad de Expresión, Human Rights Watch y Reporteros Sin Fronteras (RSF), también se pronunciaron importantes organizaciones internacionales. En efecto, recordemos el contundente comunicado el Comité para la Protección de los Periodistas (CPJ, por sus siglas en inglés), del 23 de junio de 2006, cuando expresó su "alarma por la propuesta enviada al presidente de Panamá, Martín Torrijos, para endurecer las sanciones por difamación, incluyendo una duplicación de las penas de cárcel". "Estas propuestas son escandalosas", señaló entonces la Directora Ejecutiva del CPJ (MailScanner ha detectado un posible intento de fraude desde "http:" http:/www.cpj.org/) Ann Cooper. "Los abogados y académicos que participaron en la comisión no están a la par con el derecho internacional", añadió Cooper.
"Panamá debería despenalizar las leyes de difamación en lugar de duplicar las penas de cárcel para los periodistas. Instamos al presidente Torrijos no solamente a rechazar estas recomendaciones sino también a eliminar por completo las sanciones penales por difamación". Recordó el Comité que "En septiembre del 2004, en otra decisión histórica, la Corte Interamericana dictaminó en el caso del político paraguayo, Ricardo Canese, que la sentencia de difamación en su contra violó el derecho internacional. La Corte encontró que el proceso penal en sí mismo vulneró la Convención Americana sobre Derechos Humanos al ser una limitación "excesiva en una sociedad democrática".
Por otra parte, el 30 de Junio de 2006. E. Markham Bench, Director Ejecutivo del Comité Mundial de Libertad de Prensa(http://www.wpfc.org/) -una organización que engloba a 45 grupos de libertad de prensa de todo el mundo- escribió una carta al presidente del Organo Legislativo panameño, para expresar su "alarma ante las draconianas condiciones que impondría a la prensa panameña el proyecto de ley conocido como "Anteproyecto de Código Penal".
En su misiva Bench destacaba que "La desafortunada iniciativa, en su Título IV -"De los Delitos contra el Honor de la Persona Natural"- también incluye castigos para quienes "publiquen, difundan o reproduzcan" las supuestas declaraciones injuriosas, adoptando así lo que en algunos países se conoce como el "efecto cascada", el cual responsabiliza no sólo al autor de las declaraciones sino también a los editores responsables de la publicación o emisión. Esta acción mordaza, y en realidad prácticamente todo el anteproyecto, es propia de regímenes autocráticos temerosos de una prensa libre e independiente que obligue a los funcionarios públicos a rendir cuentas al público. Todo el desafortunado conjunto ignora las recomendaciones del sistema jurídico interamericano, concretamente las de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. El Artículo 10 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión, reza: "Las leyes de privacidad no deben inhibir ni restringir la investigación y difusión de información de interés público. La protección a la reputación debe estar garantizada sólo a través de sanciones civiles, en los casos en que la persona ofendida sea un funcionario público o persona pública o particular que se haya involucrado voluntariamente en asuntos de interés público".
Los verdugos vuelven a intentar de un plumazo anularnos la escasa libertad de expresión por la cual hemos venido luchando. ¡No los dejemos hacer de las suyas!
En 1954, se termina de construir un edificio para la nueva sede del colegio, localizada en Perrys Hill (ahora Perejil) en Bella Vista.
Una vez se fue el Javier, se ubicaron allí varios colegios públicos como el Richard Newman. Igualmente la Reforma Agraria y por último, el Hogar San Felipe, para jóvenes interioranos que estudiaban en la universidad.
En esa estructura funcionó por último, el Hogar San Felipe o Centro Universitario San Felipe, como el letrero aún indica.
Katherine Riquelme, una lugareña, recuerda que el centro era de ayuda para los universitarios que venían del interior.
Llegaron a vivir religiosos que se preparaban para el sacerdocio.

101 años de Panamá América

 
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