Ordenan a un centro de salud costarricense no pedir pruebas de Sida a los empleados


La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica admitió hoy un recurso de amparo presentado por un hombre a quien un centro estatal de salud le pidió una prueba de VIH/Sida como requisito para trabajar allí.


"Se declara con lugar el recurso. Se ordena a Vinicio Mesén Madrigal, en su condición de director general del Centro Nacional de Rehabilitación (CENARE), no hacer pruebas de HIV para detección del Sida a los aspirantes a puestos laborales de esa institución, aunque sean voluntarios", indica el fallo.


La Sala también ordenó a la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), órgano del que depende el CENARE, al pago de costas, daños y perjuicios que se establecerán en un tribunal contencioso administrativo.

 

El recurso de amparo fue presentado el 14 de abril de 2009 por un hombre, no identificado, que entró ese día a trabajar en el CENARE como asistente de pacientes en neurología, pero le solicitaron radiografías de la columna vertebral, exámenes de hepatitis, heces, orina, VIH/Sida y sífilis.


El trabajador, quien es portador de VIH, aseguró en el recurso que informó a sus superiores de esa situación y que éstos le indicaron que no trabajaría en el centro por ser una persona enferma.


"De acuerdo con el afectado, se le hizo saber que una persona con Sida es un peligro para los pacientes que son atendidos en el Centro de Salud", señaló el poder judicial en un comunicado.

 

La Sala Constitucional advirtió que de no cumplir con la sentencia las autoridades involucradas se exponen a sanciones que van de los tres meses a dos años de cárcel o a multas económicas por el delito de desobediencia.


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101 años de Panamá América

 
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