EL CONSORCIO Centenario, promotor del proyecto de la autopista de acceso al segundo puente sobre el Canal en el sector oeste, hizo efectivo el pago de 60 mil 168 balboas en concepto de impuesto municipal y parte de extracción de material selecto utilizado para la obra, a la Alcaldía de Arraiján.
La obra valorada en más de B/. 80 millones, había sido paralizada por la corregiduría, mediante una acción legal interpuesta por el Municipio de Arraiján, argumentando que la empresa evadía los impuestos tributarios.
Según el tesorero municipal de Arraiján, Adalberto Miller, en un acuerdo pactado con las compañías constructoras del Consorcio Centenario, el municipio logró recuperar alrededor de B/. 60 mil en concepto de impuesto, que incluía también parte de la extracción del material utilizado para el proyecto.
Cabe destacar que el Municipio de Arraiján recuperó a través del cobro los impuestos contemplados en la ley, en materia de permiso de la constructora y rótulos.
Además se cumplió con el pago respectivo de la multa de B/. 5 mil, sanción que fue interpuesta por el despacho superior de la alcaldía.
De acuerdo con Miller, la compañía realizó todas las diligencias pertinentes, y legalizaron la empresa que fue inscrita dentro del régimen del catastro municipal. Esto facilitó el cobro de los impuestos respectivos.
Señaló que la empresa alegaba un amparo de garantías constitucionales que presentaron ante la acción legal de paralización de la obra interpuesta.
Aseguraban de la pretensión del municipio de cobrar el 1% sobre la edificación de esta obra de carácter nacional.
"Nosotros en ningún momento pretendimos cobrar el 1%, conscientes que es una obra de carácter nacional. Lo que se hacía efectivo era el cobro de otro tipo de gravamen de tributos que contempla la Ley 55 y 106 municipal", expresó el tesorero municipal.
Detalló que los cobros del impuesto estipulado en la norma son por la extracción de minerales y lo contemplado en el régimen impositivo en el Acuerdo 80 del 2003, que es el impuesto sobre las empresas constructoras establecidas dentro de los ejidos municipales, jurisdicción del distrito de Arraiján.
Milller mencionó que la empresa canceló sus impuestos, porque en efecto ese era el gravamen que tenían la responsabilidad de pagar.
Mientras que el Ministerio de Obras Públicas (MOP) les hizo llegar ciertos criterios en cuanto a la remoción de material no clasificado, que eran parte del mismo corte que se hacía de la calle.
Primero se estipuló que eran B/.193 mil lo adeudado por el consorcio en concepto de impuestos al municipio, ya que el MOP decía en una nota que parte de este tipo de material utilizado lo obtenían en los cortes del tramo y como son obras de carácter nacional, no correspondía el cobro respectivo.
Consorcio Centenario paga más de B/. 60 mil a municipio
La cancelación se hizo en concepto de impuesto municipal y parte de extracción de material selecto utilizado.