Con resoluciones de varias entidades gubernamentales respaldando sus reclamaciones, los dueños de la fincas que fueron acusados de cerrar un paso en Soná, provincia de Veraguas, refutaron todas las acusaciones que se hicieron en su contra.
Rufino Hernández y Brunilda Benavides de Benavides, presentaron a este medio diversos documentos en donde entidades como el Ministerio de Obras Públicas, Ministerio de Vivienda, Defensoría del Pueblo, y la Gobernación certifican que tiene derecho a mantener una cerca con sus respectivos portones.
El pasado martes un grupo de personas se armó con palos para derribar la cerca y se quejaron porque supuestamente esto los dejaba incomunicados de sus casas en Agua Blanca y Calidonia.
Sin embargo, los dueños de las dos fincas por donde pasa un camino que es servidumbre de pie y a caballo, respondieron que nunca han atropellado a estas personas y que ellos fueron los afectados con el daño a sus propiedades.
Las diferencias empezaron en 2002 cuando el señor Feliz Galagarza solicita al MOP que se habilite el paso como una carretera.
Sin embargo, esta entidad en reiteradas ocasiones rechazó todas las peticiones y dejó claro que no era viable esta petición y que tampoco habían proyectos comunitarios en el lugar.
Además presentaron varias resoluciones, una del MIVI y otra de la Defensoría del Pueblo en donde se señala que el paso es de servidumbre de pie y a caballo y que no hay evidencias de poblaciones debidamente asentadas. Es decir que no existen comunidades.
Por otro lado, los propietario de las fincas informaron que el señor Galagarza fue sancionado por la Autoridad Nacional del Ambiente por los daños que ocasionó en el lugar, al abrir el camino.
Asimismo que hay una demanda civil, en contra del señor en mención, por los daños y que al aceptarse el recurso se le secuestró sus bienes por 62 mil balboas.
De la misma manera que el único que ha atropellado es Galagarza, quien abrió un camino a la fuerza, en la finca de un señor que está inválido.
El MIVI en un memorando certificó que al no observarse población asentada, el camino es un paso de propiedad privada.
Además que la servidumbre establecida es la correcta para el tránsito a pie y a caballo.
Dueños de fincas hacen uso de sus derechos
No hay autoridad judicial que indique que el camino deba ser usado para el paso de vehículos.