P. Oeste. El pago de su salario como representante de corregimiento, las "dietas" por asistir a las sesiones del Consejo Municipal, además del depósito de la partida de funcionamiento de su Junta Comunal, son exigidos por el edil Julio Mariscal, luego que el Tribunal Electoral admitiera la prescripción del caso por el cual fue denunciado y separado del cargo.
Mariscal, en tono duro exigió además que cese la persecución en su contra por parte del alcalde de Capira, Pedro Saturno y del asesor legal del Concejo, Giberto Ryall, a quien acusó de no ser imparcial en su labor.
Para el alcalde Saturno, tales exigencias no podrán ser cumplidas hasta tanto el Tribunal Electoral remita una nota en donde se certifica que Mariscal puede retornar a sus funciones como representante del corregimiento de Ollas Arriba.
Insiste además en que no considera habilitado para ejercer el cargo al edil Mariscal y por ende no firmará ningún pago, lo que a su parecer sería pasar por encima del Tribunal Electoral; aun cuando el presidente del Consejo Municipal, Alvaro González, le ha permitido ejercer sus funciones como edil.
Tal criterio no es compartido por Mariscal, aduciendo que el alcalde no es el indicado para aprobar o no su participación en el Concejo. Citó una resolución del Tribunal Electoral del 5 de mayo del 2003 en la que se accede a la solicitud de declarar la prescripción de la acción penal emitida en su contra, lo que el alcalde debe entender como la habilitación para ejercer sus funciones.
Sostiene además que la actuación del asesor legal no es la mejor, al dedicarse a asesorar a un solo grupo de ediles y a la administración alcaldicia, lo que demuestra que existe un desorden.