Provincias

Investigan comercios por cobrar impuestos


La ejecución de la recién aprobada ley de las reformas tributarias ha traído más desventajas que ventajas para la sociedad, causando incluso situaciones que van en contra de la economía de los más desfavorecidos.
Específicamente en la provincia de Chiriquí, varios comercios se han querido aprovechar del momento y sin tener derecho, se han tomado atribuciones para cobrar el nuevo impuesto de servicios.
Sin embargo y para poner un alto a esos abusos, el director de Hacienda en la región, Alejo Candanedo, explicó que se ha procedido a realizar inspecciones dentro de todos los locales, sobretodo en los restaurantes, para controlar ese problema.
"Estamos trabajando en eso para detectar los juega-vivo", apuntó Candanedo, quién aseguró que efectivamente, se ha dado el caso de locales que no tienen derecho y han estado cobrando el 5 y 10%.
Indicó que para poner un control y para que el consumidor pueda saber cuáles son los que tienen derecho o no a cobrar el impuesto de servicios, se colocará un certificado de contribuyente o no contribuyente, fuera de los locales, para así tenerlos debidamente identificados.
Candanedo advirtió que procederán de manera enérgica en contra de aquellos que sin ser contribuyentes están incumpliendo, ya que se les estará sancionando de acuerdo a la ley. Señaló que se ha detectado que algunos han estado actuando ilegalmente en ese sentido, aprovechando el momento de la implementación.
Volvió a recalcar que sólo aquellos que generen más de 36 mil balboas anuales pueden cobrarlo, pero si es menor, no se les permitirá; advirtió a la vez que apuntó que será allí en donde entrarán de manera enérgica en contra de éstos. Ante los cuestionamientos sobre la ejecución de la nueva ley, aseguró que si su implementación no se hacía durante la presente administración, tarde o temprano se tenía que poner en marcha.
Con el nuevo sistema tributario ciertos artículos que no son de primera necesidad tendrán un impuesto adicional del 5 %. Tal es el caso de vehículos automotores para transporte terrestre, cuyo costo supera los 15 mil o 18 mil balboas, en caso de que se trate de un vehículo de doble tracción.
También están incluidas las motocicletas de dos o más ruedas, con motor de más de 500 cc de cilindrada, yates, botes de vela, barcos y embarcaciones de recreo o deporte, motos acuáticas, aeronaves y helicópteros de uso no comercial. Igualmente pagan impuesto las joyas y armas de fuego, servicios de televisión por cable, microondas, satelital y la telefonía móvil con contrato.


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117216
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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