Provincias

Multarán a empresa azucarera


El director regional de la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM) en la provincia de Herrera, Ricaurte Villarreal, informó que la empresa Azucarera Nacional va a ser multada por esa institución, por violar tres leyes del ambiente, en un proyecto que se realiza en los ríos de la región.
El funcionario expresó que las leyes infringidas son la Ley 41 del 1 de junio de 1998, la Ley General del Ambiente, la cual en su artículo 23 estipula que las actividades, obras o proyectos, públicos o privados, que puedan generar riesgo ambiental, requerirán de un estudio de impacto ambiental previo al inicio de los trabajos, de acuerdo con la presente reglamentación.
Agregó que estas actividades deberán someterse a un proceso de evaluación de impacto ambiental, inclusive aquellos que se realicen en la Cuenca del Canal y comarcas indígenas.
Añadió que también se violaron la Ley 30 del 30 de diciembre de 1994 que trata sobre Estudio de Impacto Ambiental y la Ley 35 del 22 de septiembre de 1966, sobre Uso y Manejo de las Aguas.
El Panamá América tuvo acceso a la nota que el director de la ANAM de Herrera le envió al gerente general de la empresa azucarera, donde le comunica que después de varias inspecciones realizadas con el equipo técnico de la institución ambiental al área donde se realizan los trabajos, se hicieron las evaluaciones del caso.
Indicó que la construcción de un canal de drenaje de aproximadamente 500 metros de largo, paralelo a la carretera Divisa-Chitré, no contempla las especificaciones de servidumbre vial de 25 metros a partir del eje central de la calle.
Afirmó que los dragados que se realizan sobre los ríos Paleta y Escotá de aproximadamente 1.5 kilómetros alteran la biodiversidad, es decir que afectan la flora, fauna y el ecosistema acuático.
Otro señalamiento que hizo la ANAM es que en el río Paleta en su desembocadura al río Escotá, se construye una doble alcantarilla con múltiples propósitos, pues lleva compuertas automáticas que drenan normalmente las aguas del Paleta, pero no así que entren cuando el Escotá esté crecido.
Agrega que sobre las alcantarillas se construye un puesto de bomba para drenar las aguas de ambos ríos, pues cuando el Escotá esté crecido y no se pueda drenar normalmente por las alcantarillas, entonces se hará uso de las bombas de drenaje.
El documento menciona la edificación de un muro paralelo al cauce del río Escotá de dos kilómetros, con una altura aproximada de dos metros para evitar las crecidas del afluente que afecten al área cañera, alterando a su vez, con mayor impacto, el desplazamiento de las aguas y futuros daños a terceros.
Villarreal afirmó que la empresa, al no presentar con antelación una declaración o estudio de impacto ambiental, violando la Ley 41, les ha solicitado rellenar el canal de drenaje paralelo a la carretera Divisa-Chitré, ya que se encuentra a menos de 25 metros.
También se exigió que se mantenga la suspensión de todos los trabajos dentro del área, hasta que se evalúen los estudios de impacto ambiental para su debida aprobación o negación.
Se indicó que las faltas cometidas por la empresa son objeto de una sanción, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes de la institución ambientalista.
Trascendió que la multa podría estar por los B/. 50 mil.
Se conoció que los dueños de la compañía no desean dar detalles a los medios.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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