P. Oeste. La utilización de voladores, detonadores, fuegos artificiales y similares, estará supeditada a la autorización de la Oficina de Seguridad del Cuerpo de Bomberos y de la Alcaldía de La Chorrera, según se establece en el Decreto Alcaldicio, el cual fija además multas de B/.25.00 a B/.1,000.00 para los infractores.
El documento prohíbe la venta de voladores en las aceras y vías públicas del distrito, además de su uso dentro o a una distancia de 500 metros de residencias, centros hospitalarios, escuelas y centros parvularios.
El decreto contiene además una serie de recomendaciones de los bomberos como la prohibición de venta a menores de edad, al igual que la manipulación.
Igualmente se prohíbe desarmar los productos para hacer uso distinto para lo que fue diseñado, además de recomendar ser usados en sitios en donde no ocasionen peligro a terceros, recordando a los comercios evitar almacenarlos en sitios cercanos a fuentes de calor.
Para la fecha del 25 y 31 de diciembre, los artefactos pirotécnicos se podrán utilizar hasta las cuatro de la madrugada, previa autorización del Cuerpo de Bomberos y la Alcaldía del distrito.
Corresponderá al Juzgado Seccional de Menores de La Chorrera la sanción a los padres de familia de los menores que infrinjan el decreto.