Para construir viviendas unifamiliares, el Reglamento Estructural de Panamá establece requisitos mínimos que deben ser considerados al momento de construir, pues se establecieron para evitar que un fenómeno natural, como un sismo, un huracán o un tornado puedan hacer colapsar una casa.
El ingeniero estructural, César Kiamco, coordinador de la Comisión Estructural de la Sociedad Panameña de Ingenieros y Arquitectos y uno de los que trabajó en la elaboración del REP, informó a este medio que, salvo algunas excepciones, las compañías constructoras han hecho caso omiso al REP-94, especialmente algunas del área Oeste de la provincia de Panamá.
Kiamco indicó que tiene conocimiento de que en investigaciones de campo realizadas por la Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura se encontraron violaciones visibles a lo estipulado en el REP. Las empresas fueron citadas, pero allí ha quedado todo.
Ahora bien, como quiera que el REP, en su artículo 6.6 hace alusión a los sistemas alternativos de construcción, las empresas constructoras pueden acogerse a esta disposición.
Hasta el momento, la fuente no sabe cuántas de estas empresas se ha acercado a la Junta Técnica para probar que sus métodos son buenos y seguros.