Sociedad

Aprueban proyecto de ley para modernizar el sistema de garantías

El Ejecutivo tiene como fin que tanto el deudor como el acreedor cumplan con los parámetros que se pacten en un contrato.


Karelia Asprilla (karelia.asprilla@epasa.com) / PANAMA AMERICA

Motivos

  • 271 querellas han interpuesto los usuarios por incumplimiento de contrato a octubre de 2013.
  • 139 quejas han interpuesto los clientes por falta de información, según las cifras de la Acodeco.

Medidas drásticas ejecuta el Gobierno Central debido al aumento de forma constante por parte de los consumidores en el mercado local, especialmente en el caso de las garantías mobiliarias a través de la hipoteca sobre bien mueble.

El Ejecutivo, por medio del Consejo de Gabinete, aprobó un proyecto de ley que busca modernizar el sistema de garantías mobiliarias, por lo cual autorizó a Ricardo Quijano, ministro de Comercio e Industrias, a presentar la iniciativa ante la Asamblea Nacional mediante una resolución de Gabinete, señaló Nicolás Ardito Barletta, director general del Centro Nacional de Competitividad (CNC).

Esta norma se da porque en Panamá, a diferencia de otros países, cuando se habla de garantía mobiliaria, se distingue entre la prenda y la hipoteca mueble (contrato por el cual un deudor afecta bienes inmuebles en garantía del cumplimiento de una obligación, en forma que, vencida esta y no satisfecha).

La hipoteca podrá hacerse efectiva sobre el precio de venta de aquel bien, con preferencia a los derechos de cualquier otro acreedor.

En el país, la ley solo prevé a prenda (contrato por el cual un deudor afecta una cosa mueble al pago de una deuda, con las mismas consecuencias que en la hipoteca en el caso de vencida y no satisfecha), con desplazamiento y la declara nula en donde el bien está en manos del deudor prendario.

Mientras, en la mayoría de los demás países se habla de prenda con desplazamiento y de prenda sin desplazamiento (aquel derecho de garantía entre la prenda y la hipoteca, que sujeta a un determinado bien mueble al cumplimiento de una obligación).

Para solucionar esto, el Gobierno emitió el Decreto Ley 2 de 1955 que regula la hipoteca de bienes muebles y la venta con retención de dominio en la cual no se da un desplazamiento de la cosa del deudor al acreedor, sino que se permite que el deudor pueda seguir produciendo con el bien que ha sido hipotecado.

Esta ley que fue de mucha utilidad en su momento ha caído en desuso porque sus normas deben adecuarse a la realidad, dijo.

La norma ha sido utilizada como base para leyes de garantías mobiliarias en Perú, Colombia, Honduras, México, entre otros, manifestó.

Con la aprobación de esta ley, junto a otras como el proyecto de ley de microcrédito, se cumple una gran prioridad de este gobierno de otorgarle crédito a la microempresa, para mejorar la competitividad del país, puntualizó Barletta.


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912245
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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