Ante un mundo cambiante y realidades distintas entre los Estados, surge el debate sobre las implicaciones que conlleva para un país su firma en acuerdos o tratados internacionales y hasta qué punto una nación queda comprometida con ellos.
La Constitución Política panameña, en su artículo 4, señala que "la República de Panamá acata las normas del derecho internacional", por ende, si nuestro país se suscribe a un tratado bilateral o multilateral, si está ratificado, se convierte "en ley de la República".
Sin embargo, si el país ya no está de acuerdo con lo pactado porque las condiciones han cambiado o porque no le es favorable, puede recurrir a mecanismos para ya no formar parte de algo que no le beneficia.
De acuerdo con el catedrático de Relaciones Internacionales, Euclides Tapia, hay causales que permiten la nulidad de un tratado internacional, y si un país considera que el acuerdo no está a su favor, puede denunciarlo, pero la denuncia no deja sin efecto el tratado internacional inmediatamente, sino que se establecen medios para ello.
De hecho, la Convención de Viena, sobre relaciones diplomáticas, y sus protocolos anexos lo estipulan, detallando, entre otros puntos, que las controversias originadas por la interpretación o aplicación de dicha convención se someterán obligatoriamente a la Corte Internacional de Justicia.
"No es que obligatoriamente el país tiene que acatar en caso de que el tratado en cuestión, en un momento, entre en colisión con los intereses nacionales", añadió Tapia, aunque dejó claro que en principio, el país debe respetar el acuerdo internacional al que se suscribió.
Esto, pues si no se respeta el pacto, habría un "desorden internacional", y también existe un derecho internacional de buena fe de cumplimiento.
"Eso es la piedra angular del sistema jurídico internacional... si no cumples, se convierte en un relajo", expresó Tapia.
Al ser consultado al respecto, el analista internacional Jorge Aparicio detalló que, en efecto, cuando los intereses o la "profunda personalidad" de un país están en juego por un tema, este está en todo su derecho a replicar algún acuerdo, explicando sus argumentos. Aunque reconoció que no es especialista en el tema, el exviceministro de Relaciones Exteriores Omar Jaén Suárez respaldó lo antes mencionado, detallando que los tratados internacionales están "por encima de las leyes" porque son ratificados, pero un país puede denunciarlos si no está de acuerdo, pero eso conlleva un procedimiento.
Este tipo de discusiones se generaron tras la difusión de la opinión consultiva emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte CIDH) sobre el matrimonio igualitario, en la que salió a relucir la Convención de Derechos Humanos de la cual Panamá forma parte, pero expertos en el tema dejaron claro que era opinión y no una obligación.
Tratados y acuerdos relevantes
Panamá forma parte de una serie de acuerdos y tratados internacionales, entre los que se encuentran la Convención Americana sobre Derechos Humanos o "Pacto de San José", la Convención Interamericana Contra Toda Forma de Discriminación e Intolerancia, la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, Convención Interamericana sobre la Concesión de los Derechos Políticos a la Mujer y el Acuerdo de París; precisamente, Estados Unidos se retiró de este último para, según su mandatario, proteger a su país y a sus ciudadanos.
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países negociaron el Acuerdo de París para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero.
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de diciembre de 2015 fue la fecha en que se adoptó el Acuerdo de París.