Con el propósito de establecer el marco regulador del ordenamiento territorial para el desarrollo urbano y de procurar el crecimiento armónico de los centros poblados y brindar a sus habitantes una mejor calidad de vida dentro de su ambiente geográfico en todo el territorio nacional se creó la Ley 6 de 1 de febrero de 2006.
La Ley busca ordenar y que las instituciones que tienen que ver con el este tema trabajen armónicamente, porque este es un proceso integral, cuyo propósito es ubicar los usos y adecuar el territorio en todas sus actividades como lo es el desarrollo urbano, las infraestructuras, los servicios públicos y todo lo referente al aspecto social.
Por eso, desde el 2006 se ha estado implementando la Ley a través de los instrumentos de gestión para ordenar el uso y ocupación del territorio de una forma ordenada, o sea, poner los puntos en su justo lugar.
Si bien es cierto que se hacía necesario una Ley que regulara este tema, no es menos cierto que es importante lograr un ordenamiento ambiental, ya que existen grandes desequilibrios socio-territoriales y severos deterioros ambientales por falta de una política adecuada.
Antecedentes. Antes de esta Ley existían muchas normas dispersas y que cada institución aplicaba independientemente, por eso lo que se pretende con todo este proceso es que todas las instituciones involucradas de una u otra manera en el proceso de desarrollo del país aporten con lo que le compete, para que ese proceso sea adecuado, legítimo y ordenado.
Reordenamiento ambiental. Según Mariano González de ANAM, es el uso adecuado de los recursos naturales, la capacidad ecológica y todo lo que tiene que ver con el ambiente básicamente. Esa es la competencia de esta institución, sin dejar de lado que como el ambiente es integral a todo, en la actividad urbana el MIVI es el ente rector de toda la actividad; por ello, tenemos que trabajar integralmente, porque el ambiente es común a todos.
Cuando no existe un orden, muchos factores se ven afectados y lógicamente el ambiente como parte de ese elemento. Por ejemplo, el deterioro de la calidad ambiental que se puede manifestar de diversas maneras como la pérdida de la biodiversidad, la flora, la fauna, el aire, el agotamiento de los recursos naturales en general, explicó González.
Instrumentos. Desde la creación de la ANAM, se han dado una serie de instrumentos para reorganizar correctamente el uso de los recursos naturales, y es allí donde como instrumento se tienen los estudios de impacto ambiental que están regulados a través de un decreto que especifica los criterios a considerar para los diversos proyectos. Inclusive hay una lista en el Artículo 16 que se denomina lista taxativa, que es un menú que señala todo los tipos de proyectos que tienen que presentar estudios de impacto ambiental; además hay una serie de criterios de acuerdo a la categoría y el impacto que van a causar al ambiente.
Ante los desórdenes o afectaciones al ambiente que se daban en mayor cantidad, se buscó minimizar con una norma específica, y estamos avanzando, aunque el proceso es complejo, se está logrando un cambio de actitud.