El 5 de noviembre de 2003, Día de Colón, no sólo esa provincia estará de fiesta, toda la Nación en su Centenario podrá entonar un himno de justicia porque en esa fecha cambiará la vida de ciento cincuenta mil niños/as y adolescentes panameños/as.
Con la puesta en vigencia de la Ley 39 del 30 de abril de 2003, de Paternidad Responsable, "alrededor de ciento cincuenta mil menores de dieciocho años podrán reclamar para sí el apellido de su padre, así como los derechos que el Código de la Familia les reconoce en materia de identidad, pensiones alimenticias, beneficios del Seguro Social, herencia y pertenencia a la familia paterna de manera plena".
A partir del 5 de noviembre las madres de estos menores tendrán un plazo de dos años para acudir a las oficinas del Registro Civil e iniciar el proceso de reconocimiento, trámite gratuito para el cual no se necesita abogado.
La ley también "facilita el reconocimiento de aquellos niños y niñas cuya madre se encuentra casada con un hombre que no es el padre biológico".
A menudo esto se da porque la mujer ignora que aunque se separe físicamente de su esposo hasta tanto no se divorcie de él no podrá casarse otra vez ni registrar una unión de hecho, así como tampoco obtener el reconocimiento de los hijos que tenga con su nueva pareja. Esto se debe a que se asume que como ella sigue casada con su pareja anterior estos hijos son habidos en el matrimonio y en el registro civil no se permite al padre biológico reconocerlos.
En el tipo de casos a que alude el párrafo anterior, lo que procede para registrar a los hijos es lo siguiente: El padre biológico deberá presentarse al registro con la madre y en declaración jurada él reconoce su paternidad con la aprobación de la madre y ella justificará que el hombre del que no se ha divorciado no es el padre del niño o la niña.
Ahora bien, tanto mejor si acuden al Registro Civil el padre legal, la madre y el padre biológico, pues de inmediato se hace la inscripción del hijo o hija en el acta de nacimiento.
La Ley, iniciativa de la H. L. del Partido Popular, por el Circuito 8-9, Teresita Yánis de Arias, constituye una de las siete que presentó a la Asamblea Legislativa y que junto con la Ley de Violencia Intrafamiliar y Abuso de Menores, según dijo "fueron particularmente difíciles y dolorosas".
Lograr la aprobación de la citada Ley tomó dos años de esfuerzos constantes, pero este triunfo la hace sentirse particularmente orgullosa.
Todas estas leyes (las siete), planteó la H. L. Yánis de Arias, "han supuesto un trabajo de muchos años, muy duro, de ir convenciendo no sólo a hombres de toda una realidad, relaciones y modos en que hombres y mujeres quieren compartir la vida".