Marlon Brando, mito heterosexual, tuvo amores con artistas de ambos sexos, según un libro de próxima publicación. La lista masculina promete polémica: los actores Burt Lancaster, Laurence Olivier, Tyrone Power, James Dean y Montgomery Clift, entre otros.
Darwin Porter, autor de Brando Unzipped, del que el diario The Sunday Times adelantó extractos, señala que, además de los varones citados, entre las conquistas femeninas se incluyen Shelley Winters, Ava Gardner, Marilyn Monroe, Gloria Vanderbilt y Anna Magnani.
Tras la muerte del actor, se publicó que sus cenizas se habían esparcido en Tahití y en el Valle de la Muerte junto a las de su amigo Wally Cox, fallecido en 1973. Según Porter, Cox, había sido un amor de juventud de Brando.
Lo contrario ocurre en el caso de que la empresa pague varios planes familiares en telefonía.
El tema de las viviendas también preocupa. Según Carrasquilla, cuando la casa que el empleador le pague al trabajador sea para uso personal, permanente y extensivo a su familia, se considera salario en especie.
Los beneficios de becas, colegiaturas, materiales educativos y comedores para los trabajadores , tampoco se consideran salarios en especie.
La reglamentación, que saldrá publicada hoy en Gaceta Oficial fue aprobada por la Junta Directiva de la CSS el pasado miércoles y se aplicará a partir del 1 de marzo de 2006 a todos los trabajadores que reciban el beneficio.
Carrasquilla aseguró que el Seguro Social reforzará e intensificará el programa de auditorías a las empresas para hacer cumplir esta norma.
Por otra parte, el especialista en tributación, Rubén Bustamante, considera que este tema requerirá de mucho tiempo para que sea entendido plenamente por los empresarios y los trabajadores.
"Yo creo que a través de los días y a medida que la ley se conozca más se irán despejando las dudas" dijo.
Según Bustamante, las tarjetas de crédito, dependiendo del uso, tambien se puede considerar como salario en especie. Indicó que todas las empresas deben revisar su situación interna.
La contribución pagadera a la CSS se hará mensualmente a razón de 7.25% por parte del empleado y 11% por parte del empleador.