Ante el aumento de la violencia intrafamiliar, donde las principales víctimas son las mujeres y los/las niños/as, se incrementan las acciones gubernamentales y de Organizaciones No Gubernamentales encaminadas a concienciar sobre la importancia de romper el silencio y el círculo vicioso de maltrato, indiferencia, maltrato.
La violencia doméstica -en donde los agresores son personas conocidas, allegadas y en las que confía la víctima: llamése familiares, vecinos, amigos- es causante de dolor, traumas físicos y psíquicos, muerte, así como constituye un delito y violación de los derechos de las mujeres y niñas, por cuanto la publicación del cuadernillo "Dignidad para mi vida, dignidad para mi cuerpo", del Programa PROIGUALDAD (componente No. 27), informa a la comunidad sobre los lugares a donde puede acudir para denunciar el delito. A saber: centros de salud, consultorios, clínicas, hospitales, cuartos de urgencia, ya sean públicos o privados.
Unidades especializadas para la atención de víctimas del maltrato y violencia intrafamiliar: Quienes laboran en estas instituciones no podrán negar la atención médica u hospitalaria a la víctima de violencia, sin perjuicio de que posteriormente sean trasladados a otros centros para su atención continuada.
Los médicos, paramédicos y personal administrativo que labora en las instituciones de salud deberán documentar el historial médico, mediante formulario preimpreso distribuido por el Ministerio de Salud, además de los hallazgos clínicos, el diagnósitco y la incapacidad provisional del paciente. Posteriormente, este formulario deberá ser enviado al Instituto de Medicina Legal dentro de las de las siguientes 48 horas a la atención al paciente para evaluar los informes médicos que allí constan y se pueda continuar el trámite para las sumarias del caso legal.
Debe constar un certificado de incapacidad que indique: la incapacidad laboral y la incapacidad física total hasta su recuperación, o las lesiones permanentes que resultaren de la agresión.
Fiscalías especializadas en asuntos de Familia y el Menor: De reciente creación, con la puesta en vigor del Código de la Familia se establecieron las fiscalías en asuntos de la Familia y el Menor con el fin de dar seguimiento de manera especializada a estos temas.
Corregidurías del lugar donde reside: Las autoridades de policía que conozcan de un hecho de violencia intrafamiliar, deberá intervenir utilizando los mecanismos de que está facultado conforme a las leyes (fijación de fianza de paz y buena conducta, separación de las víctimas, incluso arresto de ser necesario), y remitirá lo actuado con prontitud a la autoridad competente, para que ésta realice las investigaciones de rigor, que determinarán la responsabilidad del o los autores (Texto de la Procuraduría de la Administración).
Oficinas de la Policía Técnica Judicial (PTJ): En las instalaciones de la PTJ podrán hacerse denuncias sobre el conocimiento de hechos de violencia doméstica, tanto particulares como las víctimas de este hecho. Podrán denunciarse, igualmente, todos los casos señalados en este texto referentes a la privación de la libertad de manera integral, las amenazas, los delitos contra la libertad sexual, etc.