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Las "Separaciones" de Panamá de Colombia

Por Olmedo Beluche - Publicado:
Para explicar los hechos del 3 de Noviembre, suele afirmarse que durante todo el siglo XIX Panamá luchó por separarse de Colombia, y que la evidencia son las actas separatistas.

Pero estas actas han sido sacadas de contexto para dar legitimidad a los sucesos de 1903.

El Acta de 1821.

Se afirma que independizarnos de España, sin Bolívar, prueba que constituíamos una entidad independiente, pero se olvida: Panamá estaba adscrita, desde 1739, al Virreinato de la Nueva Granada; la Villa de los Santos llamó a los ejércitos de Bolívar a hacerse presentes, y esto obligó a los comerciantes de Panamá a sumarse a la independencia.

El Acta de 1826.

¿Primer esfuerzo separatista? No.

Ese año, Bolívar retorna a Bogotá con un proyecto de Constitución, como Santander se oponía, pidió respaldo mediante pronunciamientos.

En Panamá se promovió un acta de apoyo, igual que en Guayaquil, Quito y Cuenca.

Pero los "notables" del Istmo apoyaban a Santander, así que redactaron una declaración ambigua.

En el artículo cuarto exigían levantar los impuestos aduaneros en el Istmo.

Como no satisfizo a los militares, promovieron otra acta, con sectores del arrabal, que sí apoyaba a Bolívar.

No es una proclama independentista, sino política, y expresa la disputa entre dos partidos (santanderistas y bolivaristas).

El Acta de 20 de septiembre de 1830.

Bolívar renuncia a la presidencia y José D.

Espinar se insurrecciona.

El móvil: exigir el retorno de Bolívar.

El artículo primero proclama la separación "especialmente del Gobierno de Bogotá".

El segundo: "Panamá desea que su Excelencia el Libertador Simón Bolívar se encargue del Gobierno Constitucional de la República , como medida indispensable para volver a la unión de las partes de ella que se han separado bajo pretextos diferentes, quedando desde luego este Departamento bajo su inmediata protección".

El tercero: "Panamá será reintegrada a la República luego que el Libertador se encargue de la Administración o desde que la Nación se organice unánimemente de cualquier medio legal".

Se trata de un conflicto claramente político y que, al usar el vocablo "nación", lo hace para referirse a Colombia.

El considerando recoge la queja de que, al separarse Ecuador y Perú, se había afectado el comercio.

El Acta de 1831.

Como los comerciantes eran hostiles a Espinar, promovieron que Juan E.

Alzuru (venezolano) arrestara y deportara a Espinar.

Alzuru, apoyado por los comerciantes, deshace la "separación" de Espinar el 22 de junio de 1831.

Pero el 9 de julio se proclamó una nueva acta.

Bolívar acababa de morir; en Ecuador el general Flórez proclama su república contra Urdaneta y deporta a Panamá a una veintena de oficiales venezolanos; éstos animan a Alzuru a un acto semejante.

El considerando se queja de las relaciones comerciales con Nueva Granada, pero no se habla de "independencia", sino: (art.

1) "Panamá se declara territorio de la Confederación Colombiana y tendrá una administración propia.

.

" (estado federado).

Agrega los "tres grandes Estados de Colombia disfrutarán de todas inmunidades comerciales que se conceden a los istmeños"; "siendo un pueblo de la familia colombiana" (art.

4); se ofrece como "residencia de la Confederación", capital política (art.

5); y conserva la Constitución, leyes y símbolos de la república "en prueba de amistad y amor hacia la Nación a que espontáneamente se unió" (art.

7).

Le correspondió a Tomás Herrera derrocar y fusilar a Alzuru.

Mariano Arosemena dice: "neutralizamos el proyecto de absoluta independencia.

.

".

Alfredo Figueroa N.

señala: "Es significativo el que la provincia de Veraguas, regida por Fábrega, se haya opuesto a las dos independencias proclamadas por Espinar y Alzuru".

El Acta de 1840.

Es imposible entender el Estado Soberano del Istmo sin "la guerra de los Supremos".

Igual que T.

Herrera en Panamá, proclamaron otros "estados libres": González en el Socorro, Reyes Patria en Sogamoso, Carmona en Santa Marta, Troncoso en Mompox y Gutiérrez de Piñeres en Cartagena.

No es un acto aislado de los istmeños.

Los caudillos se alzaron exigiendo un régimen federal.

Por ello el Acta del 18 de Noviembre de 1840, considera que, dada la "disolución" de la república producto de la guerra (art.

1); proclama el Estado Soberano (art.

2); condiciona su reintegro a la Nueva Granada bajo un régimen federal (art.

3); y establece el carácter "provisorio" de las nuevas autoridades.

Veraguas nuevamente se opuso.

En marzo de 1841 se reunió una Convención Constituyente que mantuvo la voluntad de adherir a la Nueva Granada federal (art.

2).

Si bien Herrera afirma, "nuestras necesidades son peculiares", en una carta a Rufino Cuervo, dijo: "Jamás el Istmo se habría lanzado a romper de hecho una unión en que entró por su libre albedrío.

.

".

El 31 de diciembre de 1841, Herrera reincorporó Panamá a la Nueva Granada, de la que llegó a ser vicepresidente y presidente.

El Estado Federal no fue exclusivo de Panamá, ver las Constituciones de 1858 y 1863, redactadas por Justo Arosemena.

En 1860-62, los liberales panameños de Correoso, apoyaron a Mosquera contra el conservador Santiago de la Guardia.

Tampoco fue separatista la sublevación de 1885, cuando Núñez abolió el federalismo, con el apoyo de los conservadores panameños.

Oscar Terán cita una resolución (22/1902): "Sostenedores de las instituciones conservadoras 86.

.

", firman Tomás Arias, Manuel Amador Guerrero y otros "próceres".

Como se puede apreciar, en realidad eran sistemáticos conflictos: políticos, sociales y administrativos (centralistas vs federalistas), que no eran exclusivos de Panamá frente a Bogotá, sino que asolaron a toda Colombia.

No resolvió el problema de justicia social aunque generó paliativos y demostró ser relativamente poco eficiente y eficaz socioeconómicamente.

El Laissez faire potencialmente podría ser muy eficiente económicamente, pero el resultado social sería desastroso como dijo Greider "Permitir que el mecanismo del mercado sea el único director del destino de los seres humanos y de su entorno natural, realmente, hasta del poder adquisitivo resultaría en la demolición de la sociedad".

Esto es así, porque hay personas que por naturaleza o circunstancia se encuentran en la cola -los discapacitados, los no aventajados, los enfermos crónicos y los marginados, como nuestros hermanos indígenas comarcales.

Para ellos la generación de empleo en la economía moderna no es una solución alcanzable para resolver sus necesidades económicas, porque no son aptos para participar adecuadamente en el mercado.

Es la razón del aparente paradigma planteado anteriormenteLa Tercera Vía busca el equilibrio entre la eficiencia, la efectividad y la equidad.

Reconoce las fallas de los mercados imperfectos, incluyendo la asimetría de la información, etc.

Se reconoce el papel del Estado en el espíritu de Adam Smith -- profesor de moral y ética -quien dijo: "Las personas de la misma profesión poco se reúnen, aún para reír y divertirse, pero siempre la conversación termina en conspiración en contra del público o en una artimaña para aumentar el precio".

.

por eso hay leyes antimonopolio, carteles, etc.

Porque sí somos responsables con nuestro prójimo como dictamina de la Biblia.

Por supuesto, el tamaño del estado debe ser lo adecuado para brindar los bienes y servicios que el sector privado y el motor económico, no pueden ofertar en igual capacidad.

Nuestra variante del mercado que hemos desarrollado, sobretodo en los sectores "agropecuario, industrias, hasta el comercio al detalle" de políticas proteccionistas, nos ha dejado el saldo de que un 36.

8% de nuestros prójimos vivan en pobreza! Además, los indígenas comarcales, están en una situación escandalosa, por su marginación histórica que golpea la conciencia nacional.

En el próximo artículo evaluaremos la distribución de ingreso y plantearemos el nuevo paradigma de desarrollo; la trampa de la pobreza y el gasto público pertinente -- los incentivos, etc.

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