Economía

Acodeco interpondría demanda contra empresas de TV pagada por cláusulas abusivas

Acodeco indica que aunque no puede atender reclamaciones de consumidores en materia de servicios públicos como el de la televisión pagada, sí puede demandar ante los tribunales de justicia las cláusulas que considere abusivas en esta materia.


 

La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa a la Competencia (ACODECO) hace un llamado a  los usuarios de servicio de televisión pagada para que le remitan su contrato  hasta el 30 de junio, de contar el mismo con  cláusulas que permitan la variación del costo del plan, entre otras,  con la finalidad  de  interponer posible demanda ante los tribunales. 

 

Acodeco indica que aunque no puede atender reclamaciones de consumidores en materia de servicios públicos como el de la televisión pagada, sí puede demandar ante los tribunales de justicia las cláusulas que considere abusivas en esta materia. 

 

“La demanda busca que se declare la nulidad de las cláusulas abusivas, lo que tiene un efecto hacia futuro, desde su declaratoria, por lo que hacia el pasado la cláusula sería válida”, indica el documento.

 
 

Se pretende que las cláusulas identificadas como abusivas no puedan ser aplicadas al consumidor/ usuario.

 

 
Entre las posibles cláusulas abusivas, figuran la  que permita la variación del costo del plan.  La que autorice la variación de los canales del plan de televisión pagada. La que exija un tiempo mínimo para dar por terminado el contrato. No aceptación de reclamos, sin previo pago de la factura del servicio. 

 

Así como,  reconocimiento de crédito a favor del consumidor por interrupción del servicio, transcurridas 72 horas de suspensión del servicio. Imposibilidad de presentar reclamación transcurridos 30 días desde la facturación. Requerimiento que el consumidor informe al agente económico, con 15 días de anticipación a la fecha de finalización del contrato, su voluntad de que no se renueve. 

 
 

Obligación de cancelar la suma adeudada o exonerada, para dar por terminado el servicio. Obligación de pagar una penalización en caso de terminación adelantada del contrato. Renuncia anticipada del consumidor, a exigir indemnización o pago de suma alguna, así como la renuncia a demandar al agente económico. 

 

Acodeco informa que se demandarán cláusulas que restringen el derecho del consumidor, que sean abusivas, sea por la variación en la lista de canales incluidos en el plan contratado, entre otras y se ejercería una demanda contra las empresas proveedoras de televisión pagada, con independencia de la tecnología que utilice para la transmisión.

 

Informa además que al declararse la abusividad de la cláusula que permite el aumento de precio del plan, se pedirá su nulidad, con lo cual el usuario no estará obligado a pagar sumas de dinero superiores por su plan de televisión pagada, sólo mientras dure la vigencia del contrato.

 

“No le podrán cambiar la lista de canales de su plan, mientras dure su contrato, salvo causa de fuerza mayor”, destaca la entidad.

 

Además aclara que la demanda de ACODECO no va encaminada a la devolución de sumas de dinero.

 

Ante la Autoridad de los Servicios Públicos (ASEP) se han presentado del 1 de enero  al 27 de mayo un total de 100 reclamos  por servicios de telecomunicaciones, de las cuales 8 son por TV pagada.

 

 


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1030489
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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