Economía

Capitales Nacionales y Bavaria estrenarían nuevo reglamento de OPA


De presentarse una oferta en firme de Cervezas Nacionales de Ecuador, subsidiaria del Grupo Bavaria, por las acciones de Capitales Nacionales, se daría en el país el tercer proceso de Oferta Pública de Compra de Acciones (OPA), pero no con las mismas reglas que se establecieron en las dos primeras.
El primer reglamento que sufrió pequeñas modificaciones durante el proceso de la OPA en la que participaron el Primer Grupo Nacional, Banco del Istmo y el Banco General.
Pero la Comisión Nacional de Valores aprobó un nuevo reglamento, el Acuerdo 7 del 4 de abril del 2001. Entre los puntos modificados en este acuerdo está el plazo para la suspensión de la negociación de acciones. "Una vez notificada la OPA a la Comisión Nacional de Valores por el oferente, se ordenará y notificará de inmediato y personalmente al emisor y al oferente la suspensión temporal de la negociación de los valores afectados por la oferta", sustenta textualmente el acuerdo.
La suspensión quedará sin efecto automáticamente y sin necesidad de trámite adicional a los 5 días hábiles contados a partir de la última publicación del anuncio de la OPA. Antes el plazo era de 10 días. También se registraron cambios en la presentación de ofertas competidoras.
"Cualquier persona podrá presentar ofertas competidoras. Toda oferta competidora deberá cumplir, al menos, con los siguientes requisitos: deberá tener por objeto al menos la misma cantidad de acciones que la OPA original; publicado en internet por Legalinfo-Panama.com; debe notificarse a la comisión y publicarse antes del vencimiento del plazo de aceptación de la OPA original; y debe cumplir con todos los requisitos establecidos en el presente procedimiento", sostiene el nuevo reglamento de la OPA.
Asimismo, se establece que el oferente deberá notificar inmediatamente a la comisión todo cambio en los términos o condiciones de una Oferta Pública de Compra de Acciones vigente.
Los cambios de términos o condiciones en la oferta deberán publicarse y comunicarse a los accionistas de la misma forma en que se distribuyó la oferta inicial, en cuyo caso el plazo de la oferta se extenderá por un período mínimo de quince días adicionales a los días establecidos en la oferta inicial. En el evento de que la modificación de la oferta se surta en una fecha a partir de la cual aún resten al menos 15 días para el vencimiento del plazo inicial, se mantendrá dicho plazo inicial de aceptación.
Por otra parte, el plazo de aceptación de la oferta no podrá ser menor a treinta días contados desde el día siguiente a la fecha en que haga la última publicación del anuncio.
Por su parte, la Junta Directiva de la sociedad emisora de las acciones objeto de la OPA deberá rendir, al menos, un informe detallado con su opinión sobre la oferta, en el que se haga referencia a la existencia de acuerdos entre el oferente y la sociedad, o sus directores, dignatarios o ejecutivos por razón de la OPA.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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