Economía

GUPC señala que los $190 millones que habla la ACP es por pagos atrasados

El consorcio GUPC dijo a través de un comunicado que este monto de $190 millones no es un “préstamo que Sacyr ha solicitado a la ACP”, sino que corresponde a pagos pendientes que mantiene la ACP con el consorcio.


 

En relación a la información divulgada por la Autoridad del Canal de Panamá (ACP), sobre “un préstamo por $190 millones que ha solicitado Sacyr, una de las empresas que conforman Grupo Unidos por el Canal (GUPC) a la ACP”, el consorcio  aclaro a través de un comunicado que este monto no es un “préstamo que Sacyr ha solicitado a la ACP”, sino que corresponde a pagos pendientes que mantiene la ACP con el consorcio, precisamente por la imposición de barreras burocráticas que han hecho complejo el proceso de pago por trabajos realizados y entregados y que dificultan el actuar financiero del grupo, como lo hemos venido reiterando en ocasiones anteriores.  

 

No se trata de que no se pague a tiempo, sino que no se pagan las cantidades adecuadas al trabajo realizado. Por poner un ejemplo, los bolardos han sido instalados satisfactoriamente en el proyecto, sin embargo, ACP no nos ha transferido este pago por trabajo realizado, ya que nos están solicitando un certificado de calidad de cómo se apretaron estas tuercas.   

 

Por otro lado, GUPC rechaza la información publicada donde señala que “aunque el consorcio intentó en varias ocasiones negociar fuera del contrato, la ACP rechazó estas intenciones y obligó al contratista a canalizar sus reclamaciones a través de las instancias que establece el acuerdo”. 

 
 

El consorcio, además de velar por un diálogo equilibrado con la ACP, siempre ha actuado con apego al procedimiento que establece el contrato. 

Como se ha mencionado previamente, el contrato contempla el poder llegar a un acuerdo sobre los puntos en disputa.  

 
 

Sin embargo, la ACP no está dispuesta a examinar esta opción. Recordamos el fallo de la Junta de Resolución de Disputas del año pasado, en la que el contratista recibió un mérito valorado en $233 millones por los reclamos presentados, dinero que debió estar disponible en situaciones de dificultad. 

 

 
De esta manera, el consorcio se encuentra seguro que los fallos determinarán que tienen derecho a una gran parte de los reclamos que han solicitado.  

 

En la Cláusula 20.5, bajo la Sub Cláusula 20.4 del contrato está constituido muy claramente que “ambas partes deberán intentar establecer una disputa amigable antes del inicio del arbitraje...” 

 

 Muy por el contrario, desde el comienzo, la ACP se negó a resolver cualquier disputa bajo un acuerdo mutuo. Incluso, los miembros del DAB recomendaron a las partes sentarse para evitar tener que ir a un arbitraje y prolongar las decisiones.

 

 Punto que la ACP nunca siguió y prefirió dilatar cualquier tipo de decisión a la resolución del DAB. El 31 de diciembre de 2014 en la primera gran resolución de este organismo, se le dio la razón a GUPC. 

 

"La documentación previa al contrato no contemplaba las condiciones reales de acceso al basalto ni de su calidad”, señala la sentencia del DAB (Dispute Adjudication Board), de 167 páginas.

 

Es más, incluso cuando se ha llegado al Tribunal de Arbitraje, horas antes de la vista, la ACP presentó información nueva que hizo que se tuviera que suspender la vista correspondiente a diciembre de 2015 y, por tanto, la decisión sobre el reclamo, con el consiguiente perjuicio de GUPC que sigue invirtiendo en el proyecto. 

 

Como refleja el contrato, es responsabilidad de la ACP tomar las decisiones de buena fe tendientes a resolver cualquier situación que se presente, sin embargo, esta dilación en la toma de decisiones que le corresponde, termina impactando negativamente económicamente al Consorcio que, como desde el primer momento, continúa comprometido con el proyecto.


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1007150
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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