Por incumplir las normas de clasificación de la carne de res, 310 comercios de todo el país fueron sancionados por la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor (CLICAC). Otros 553 expedientes se encuentran en trámites por la misma causa.
Entre los establecimientos comerciales que fueron sancionados con multas que oscilan entre 100 y 10,000 dólares se encuentran mini super, supermercados, comisariatos, abarroterías, mercaditos, kioscos, puestos de carne en mercados públicos y un matadero.
Todos los agentes económicos sancionados por incumplimiento de la información al consumidor, sobre la clasificación de la carne de res, se encuentran en proceso de notificación de las respectivas resoluciones. Por lo que una vez concluido ese procedimiento legal, los datos particulares serán debidamente divulgados para conocimiento general.
A pesar de que según la Ley 29 de 1996 y la Ley 25 de 30 de abril de 1998, la CLICAC es la entidad encargada de sancionar el incumplimiento en las clasificaciones de la carne, es importante mencionar que misma recién está en vigencia desde noviembre del 2002. Anterior a esta fecha se realizaron monitoreos de mercado en los que se originó y educó a los agentes económicos sobre el alcance de esta Ley.
De igual manera la CLICAC ha sancionado durante estos nueve meses del año a tres agentes económicos por el incumplimiento del artículo 51 de la ley 29 de 1° de febrero de 1996. Dicha norma establece que "la publicidad deberá indicar, claramente, las condiciones de las ofertas, promociones, rebajas, descuentos, condiciones especiales o circunstancias análogas que se ofrecen. Todo anunciante está obligado a cumplir lo ofrecido, en los términos contenidos en el aviso publicitario. No se permitirán anuncios de artículos que den a entender que el producto tiene cualidades, características o beneficios de los que carece".
El pleno de los comisionados de la CLICAC multó a New Vision Tecnology con 150 dólares; Cable & Wireless Panama, S.A. con dos multas de 5,000 dólares cada una; e Inmobiliaria Terrano, sancionada con 3,000 dólares. A través de la sección de Veracidad en la Publicidad, de la Dirección Nacional de Asuntos del Consumidor, la CLICAC asegura que verifica los anuncios publicitarios publicados en los diferentes medios de comunicación social. Asimismo, se atienden todas las quejas que los consumidores presenten vía telefónica y personalmente en el Centro de Atención al Consumidor y en las agencias regionales.
Por otro lado, el Departamento de Metrología se encuentra realizando un análisis de calidad, de todas las marcas de arroz pilado, que se comercializan en el país. Por lo que comunica que según el reglamento técnico DGNTI-COPANIT 76-2002, el arroz pilado debe reunir los siguientes requisitos: el arroz especial debe contener sólo granos largos y extralargos, y un máximo permitido de 5% de granos quebrados, 0.5% de arrocillo y un total de granos dañados de 0.5%. Sin embargo el arroz de primera puede tener un máximo de 25% de granos quebrados, 5% de arrocillo y un 2% de granos dañados. En tanto, el arroz de segunda sólo debe contener un máximo de 30% en granos quebrados, 15% de arrocillo y un 5% de granos dañados. Asimismo, a través de su Laboratorio de Nacional de Metrología Legal, la CLICAC verifica también entre otros aspectos, los granos rojos, granos amarillos o yesosos y semillas objetables.
A pesar que en el mercado nacional existen más de 400 marcas de arroz pilado, en sus diferentes categorías, la CLICAC informa que todas serán analizadas, a fin de garantizar que el consumidor está adquiriendo un producto que reúne los requisitos establecidos por la norma. Posteriormente, los resultados de estos análisis se darán a conocer, para información de todos los consumidores.
Multan a 310 comercios por incumplir normas de la CLICAC
Esta institución pretende continuar con las férreas medidas para lograr disminuir el incumplimiento contra los consumidores.
Los verificadores de la CLICAC efectúan periódicamente supervisiones en locales comerciales dedicados al expendio de carne de res, exigiendo que mantengan a la vista el tipo de carne que comercializan, así como los documentos respectivos donde señala la clasificación de la carne.