Colombia debe cumplir el veredicto del órgano de Solución de Controversias (OSD) de la Organización Mundial del Comercio (OMC) sobre su controversia con Panamá antes del 4 de febrero, según el laudo del árbitro designado en el caso.
La OMC adoptó el pasado 20 de mayo el veredicto, en el que se dictaminó que Colombia había violado normas comerciales internacionales al imponer restricciones a productos de Panamá.
Según la decisión arbitral, Colombia impuso condiciones particulares a las importaciones de ciertos textiles, vestidos y calzados procedentes de Panamá o de la Zona de Libre Comercio de Colón.
Tras esa decisión, Colombia informó de que tenía el propósito de aplicar la resolución del OSD, pero pidió un plazo prudencial para hacerlo.
No obstante, los dos países no lograron ponerse de acuerdo ni sobre el plazo, ni sobre el árbitro que debía definir dicho período, por lo que la dirección de la OMC tuvo que designar a un juez para que dictaminara un laudo vinculante.
El árbitro elegido fue Giorgio Sacerdoti, quien, según se conoció ayer, decidió que Colombia debe cumplir lo decidido antes del 4 de febrero del 2010.