Economía

Piden 4 años de cárcel para involucrados en indemnizaciones


El abogado Dario Morice Carrillo interpuso una demanda criminal ante la Procuraduría de la Nación para que se investiguen los delitos en los que se habría incurrido al fijarse las indemnizaciones a favor de los concesionarios de los puertos de Balboa y Cristóbal.
Morice considera que al momento de fijar los montos que se debían pagar, hubo combinación, tanto de funcionarios de la desaparecida Autoridad Portuaria como del antiguo Ministerio de Hacienda y Tesoro, para beneficiar ilegalmente a empresas que no tienen fundamento para ser indemnizadas. Por esa razón solicita que se les aplique la pena máxima que establece la ley (4 años) a todos los funcionarios y empresarios que sean encontrados culpables.
El jurista indicó que no acusa a ninguna persona en particular; sin embargo dijo que las investigaciones deberán revelar quiénes son las personas que calcularon y aprobaron las indemnizaciones y el papel que jugaron para que las mismas se concretaran "y éstas serán las que tendrán que responder ante la justicia".
En la demanda Morice señala que la actuación de los funcionarios que intentaron indemnizar a las empresas Marítima Gran Colombiana, See, Buy & Sail Company, KMRG e International Sea Land Terminal Inc. es de carácter delictivo, porque en forma dolosa se concibió la idea de realizar pagos injustificados e indebidos por parte del Estado.
Agregó que, al haber omitido elementales principios contables y jurídicos en la evaluación de factores como "utilidades no percibidas y "mejoras" en la fijación de las indemnizaciones, los servidores públicos cometieron un delito que merece ser sancionado, ya que no cumplieron con su deber de proteger el patrimonio del Estado.
Precisó que los actos cometidos son dolosos antes que culposos y vienen a constituir, en su opinión, un claro caso de delitos cometidos en contra de la administración pública, "dado que es inimaginable suponer que violaciones tan flagrantes de las propias normas reglamentarias dictadas para la evaluación de las indemnizaciones se hayan cometido por descuido o mera culpa".
Para Morice, las cuatro empresas que menciona en su demanda, a las que investigó por más de tres meses, no reúnen los requisitos mínimos para hacerse merecedoras a una indemnización y en los cálculos que se le efectuaron se cometieron graves errores, al parecer de forma premeditada.
CRUCERO EXPRESS
Destacó que la empresa Marítima Gran Colombiana (Crucero Express), se le reconoce una indemnización d B/.430,217, en concepto de mejoras realizadas y B/.373,345, por utilidades no percibidas.
Para el abogado, estas indemnizaciones "no se justifica ni tiene explicación racional", porque en sus declaraciones de renta correspondiente a los tres años en que operó en Panamá, sólo declaró pérdidas, las cuales ascendían a cerca de B/.200,000.
Precisó que resulta totalmente inaceptable y máxime tratándose de dinero que el Estado, que los funcionarios responsables de fijar la indemnización hubiesen ignorado esta realidad tributaria y hayan recurrido al subterfugio de ordenar una investigación por la Dirección General de Ingresos, para descubrir que, en lugar de pérdidas, la compañía hubiera tenido ganancias no percibidas.
Según Morice, los funcionarios no sólo se conformaron con ordenar nuevas investigaciones para convertir pérdidas en ganancias, sino que cuando eso no pudo lograrse, decidieron de manera en exceso benevolente con los fondos del erario, "hacerle justicia a los pobres concesionarios que habían perdido su modus operandi, para lo cual no había que tomarle en cuenta los años en que tuvieron pérdidas en su negocio.
De esta manera, dijo, "se llevaron de calle los más elementales principios de contabilidad generalmente aceptados para determinar el valor de una empresa".
SEE, BUY & SAIL COMPANY
Para el caso de indemnización de See, Buy & Sail Company, se fijó en B/.669,737.20 en concepto de utilidades no percibidas y B/.180,188.72 como mejoras realizadas.
No obstante, asegura Morice, no es cierto que dicha empresa haya realizado mejoras por esa suma, dado que los funcionarios del gobierno consideraron como mejora un edificio que ya existía. Por ello constituiría un delito patrimonial contra el Estado reconocerle la suma fijada en este concepto.
Asimismo, reiteró que los casi B/.700,000 que se le están concediendo por ganancias no percibidas "vienen a constituir un verdadero atraco burdo contra los fondos del Estado, quizás el más descarado de todos los cometidos desde el inicio de la República".
Acotó que entre See, Buy & Sail Company y la Autoridad Portuaria se celebró el 16 de mayo de 1996, fecha para la cual ya los trámites para la privatización de los puertos de Balboa y Cristóbal tenían más de un año de haberse iniciado.
"Por esta razón constituye un delito haber aprobado este pago totalmente ilegal, porque la autoridad ordenó el mismo, sabiendo que se perjudicaba al erario público.
KMRG
Por otro lado, añadió Morice, la empresa KMRG se le concedió una indemnización de B/.2,306,676.09, de los cuales B/.2,035,670.05 corresponden a utilidades no percibidas, a pesar de que tampoco reunía los requisitos contables y jurídicos para poder hablar de este rubro.
Explicó que los estados financieros de dicha compañía revelan que hasta 1997, tuvo una pérdida de B/.342,341.00, por lo que es imposible, según las normas de contabilidad, concederle una indemnización y menos reconocer el concepto de lucro cesante o utilidad no percibida. Por lo tanto la emisión por los funcionarios calificadores de ese concepto, "encierra una situación dudosa".
INTERNATIONAL SEA LAND TERMINAL
Igualmente sostuvo que de la indemnización pactada a favor de International Sea Land Terminal de B/.1,955,919 B/.1,924,053.72, corresponden a mejoras realizadas. Sin embargo su contrato con el Estado vencía el cinco de noviembre de 1998. Morice indicó que si fuera el caso de que el contrato hubiera terminado en 1997, que no lo es, a lo más que tendría derecho el arrendatario sería a la suma proporcional de lo que le faltaba en el acuerdo, pero no a la totalidad del mismo. Ante esta situación manifestó que el pago por mejoras sería un acto ilegal y hacer el desembolso constituiría un delito.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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