Unos 12 establecimientos comerciales entre mataderos, supermercados, abarroterías y minisupers de la provincia de Veraguas fueron sancionados por la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor (CLICAC), por violar las disposiciones contenidas en la Ley 25 de clasificación de la carne.
Las multas aplicadas por la CLICAC a estos negocios ascienden a un total de B/.14 mil 750.
Entre las irregularidades se detectó que los empresarios en su mayoría no estaban facilitando a los consumidores veragüenses la información sobre los tipos de carne bovina que ponen para la venta, tal y como lo establece la ley puesta en práctica desde el 27 de julio del 2001.
Martín Marín Flores, administrador regional de la CLICAC en Veraguas, explicó que las sanciones económicas que establece esta ley van desde los mil hasta los 10 mil balboas, no obstante, en el caso de los negocios de esta región dependerá del tipo de falta cometida y de la reincidencia.
Según Marín, en la actualidad a pesar de que hay una docena de establecimientos que ya están penalizados, el número de negocios podría aumentar en los próximos días puesto que en este momento ya hay en trámite cerca de 80 expedientes de comercios dedicados a la venta de carne bovina.
Añadió que durante los operativos de monitoreo mensuales que realiza la institución en todos los establecimientos que comercializan carne de res, se ha podido comprobar que las violaciones a la ley de clasificación sobre todo se dan producto de que los matarifes, carniceros y los propios ganaderos no proporcionan los registros sobre el tipo de animal y la edad del mismo.
En este sentido, Flores advirtió que la CLICAC en Veraguas intensificará los operativos de verificación para detectar si existen negocios que están violando esta disposición, tomando en cuenta que en la actualidad es desconocida por los agentes económicos que tienen que ver con el sacrificio, venta y consumo de carne bovina, a pesar de que esta es una ley que fue creada desde 1998 y puesta en práctica en el 2001.
* La Ley 25 del 30 de abril de 1998, por medio de la cual se creó la clasificación de la carne en Panamá, establece que este producto bovino se deberá comercializar a través de cinco diferentes tipos de carnes para el consumidor, dependiendo de la edad y la calidad del animal que se sacrifica en los mataderos del país para la venta.
Sanciones por violar ley de clasificación de carne
Las multas que se le han impuesto a los establecimientos reincidentes, asciende a 14 mil 750 dólares.