El Gobierno chileno amplía al doble el período de vigencia de medidas de salvaguardas


El Gobierno chileno anunció hoy la ampliación en un 100 por ciento del período máximo de vigencia de medidas de salvaguardas a productos importados, especialmente en el sector agrícola, bajo las normas que establece la Organización Mundial de Comercio (OMC).


El anuncio lo hizo el ministro chileno de Hacienda, Felipe Larraín, junto al de Agricultura, José Antonio Galilea, quien precisó este jueves que si la indicación es aprobada por el Parlamento, la medida podría aplicarse en Chile por dos años y prorrogarla por otros dos.


La salvaguarda es una medida excepcional que permite una protección temporal frente a un aumento súbito, imprevisto y significativo de importaciones de un determinado producto, de cualquier segmento, que causan daño o amenazan causar daño a un sector de la producción nacional.


La ley chilena actualmente vigente establece un período máximo de aplicación de salvaguardas de un año, prorrogable por un año adicional, y se encuentra actualmente en discusión un articulado que amplía este plazo de dos a tres años, siempre en el marco de lo establecido por la OMC, que permite hasta ocho años en total (4+4).


"Esta es una medida que contempla la OMC, por lo tanto está absolutamente dentro de nuestro esquema económico y dentro de los compromisos internacionales que ha tomado Chile", precisó Larraín.


En tanto, Galilea subrayó que el cumplimiento de este compromiso es vital para el sector agrícola por la distorsión con que muchas veces operan los productos de este sector en los mercados internacionales.

 

Galilea dejó en claro que el establecimiento de salvaguardas no sólo puede hacerse posible para productos agrícolas sino también para cualquier otro producto nacional, con el objeto de proteger de aumentos súbitos de importaciones que amenacen o dañen directamente a la producción nacional.


Larraín, por su parte, explicó que luego de más de una década de aplicación de la Ley de Salvaguardas, "hay determinados casos en que pensamos que puede no ser suficiente el esquema actual de un año prorrogable por un año adicional".


Por lo tanto, añadió el jefe de las finanzas públicas, "queremos tener mecanismos para protegernos de aumentos súbitos de importaciones, siempre en el marco de nuestro esquema de apertura comercial".

 

Recordó que la aplicación de salvaguardas, si procede, sólo se realiza después de un acabado análisis y estudio por parte de la Comisión de Distorsiones, que en definitiva es el organismo que recomienda su implementación.


En esta línea, el ministro de Hacienda precisó que el Gobierno también se encuentra trabajando en una propuesta para hacer más expedito el funcionamiento de esta comisión, que integran representantes de los ministerios de Hacienda, Agricultura y Economía y el Fiscal Nacional Económico y cuya secretaría técnica radica en el Banco Central.


En la última década, la Comisión de Distorsiones inició once investigaciones, de las cuales ocho derivaron en la aplicación de medidas de salvaguardas.

 

Además, la aplicación de medidas de salvaguardas por parte de Chile implica, según los acuerdos suscritos por este país, la entrega de compensaciones de sus socios comerciales.


En el tema de la OMC, éstas se aplican en caso de mantener una salvaguardia por más de 36 meses, mientras que en el acuerdo con la Unión Europea esta compensación rige a partir del mes 18 de la aplicación de una medida de este tipo.


fecha edicion
old id
653571
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
101 años Panamá América