La Corte Constitucional de Colombia determinó hoy que los correos electrónicos son inviolables y no sirven como pruebas judiciales cuando se abren sin autorización del destinatario.
La emisora Caracol Radio señaló que la Corte Constitucional concedió una tutela o recurso de amparo a Jorge Heredia, quien alegó que su derecho a la intimidad había sido violado por su esposa.
Según el proceso de divorcio, la mujer extrajo del correo electrónico de su esposo un escrito que probaba su infidelidad.
El tribunal determinó que en un proceso de divorcio no se puede validar como prueba de traición por parte de uno de los cónyuges un correo obtenido sin autorización.