La CIDH lamentó hoy profundamente la muerte de internos en un incendio en una cárcel en la localidad salvadoreña de Ilobasco, en el centro del país, y urgió al Estado a adoptar medidas para investigar los hechos y evitar que se repitan.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) se refiere al incendio que se produjo el pasado día 10 en el Centro Alternativo de Jóvenes Infractores de Ilobasco, en El Salvador, en el que murieron al menos 16 presos y 22 resultaron heridos.
De momento se desconocen las causas, aunque no se descartan posibles rivalidades entre internos, según las autoridades.
La CIDH se solidarizó en un comunicado con las familias de los internos fallecidos y con las personas que resultaron heridas.
La Comisión valoró los esfuerzos de las autoridades por brindar personalmente e inmediatamente información a los familiares de las víctimas en forma personal e inmediata tras el incendio.
No obstante, recuerda que la Relatoría sobre los Derechos de las Personas Privadas de Libertad de la CIDH constató con preocupación graves deficiencias estructurales en el sistema penitenciario de El Salvador en visitas a varios centros de detención del país realizadas en octubre de este año.
Específicamente, observó la ausencia de protocolos y equipos adecuados para hacer frente a situaciones de emergencia, como por ejemplo incendios, en varios centros penales.
En las observaciones preliminares sobre la visita, la Relatoría destacó en particular las graves deficiencias constatadas en el Centro de inserción social Sendero de Libertad, que también está ubicado en Ilobasco.
Manifestó su preocupación por el hecho de que "no se le da el mantenimiento adecuado a los extintores y la estación de bomberos más cercana está a 40 minutos del penal".
Asimismo, la CIDH expresó entonces su preocupación por la ausencia de medidas de prevención para situaciones de emergencia en el Centro Penal de Quezaltepeque, y se mencionó específicamente la falta de preparación para la eventualidad de un incendio.
La CIDH recuerda que el Estado se encuentra en una posición especial de garante frente a los derechos de los presos.
Esto hace que el acto de reclusión implique un compromiso específico y material del Estado de garantizar la vida e integridad personal de los reclusos, destaca.
Este deber implica que el Estado debe tomar todas las medidas necesarias para prevenir situaciones de riesgo, que amenacen gravemente los derechos fundamentales de los detenidos.
En este sentido, los Estados tienen el deber de garantizar que los centros penitenciarios cuenten con estructuras adecuadas y seguras, así como con medios idóneos y planes de acción para hacer frente a situaciones de emergencia, subrayó.