La Corte Suprema de Argentina pone límites a las escuchas telefónicas del Estado


La Corte Suprema de Argentina puso hoy límite a las escuchas telefónicas del Estado al declarar inconstitucional una ley que obligaba a las prestatarias del servicio de telecomunicaciones a preservar durante 10 años la información para colaborar con la Justicia.


Fuentes del máximo tribunal del país señalaron que, si bien la resolución corresponde a una causa en particular, tiene efecto en todos los casos similares, de modo tal que consagra la privacidad de las comunicaciones para todos los usuarios de telefonía e Internet.


La causa que derivó en el fallo de la Corte había sido promovida por el abogado Ernesto Halabi, quien presentó un recurso de amparo contra la denominada "Ley espía", aprobada en 2003.

 

Esta norma obliga a las empresas telefónicas a colaborar con el Poder Judicial en las tareas de escucha y dispone que, sin requerimiento de ninguna autoridad judicial, las compañías deben conservar el registro de tráfico de las llamadas durante una década.


La encargada de realizar esta tarea es la Dirección de Observaciones Judiciales, que depende de la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE, servicios secretos), por lo que el Gobierno podía acceder a toda la información.


El ex presidente argentino Néstor Kirchner (2003-2007) suspendió la norma en 2005, pero nunca la derogó, al tiempo que el Estado apeló dos fallos contrarios a la ley con el argumento de que era importante para combatir la delincuencia.

 


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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