Los educadores que hablen y escriban alguna de las lenguas indígenas y conozcan las costumbres y tradiciones de estos pueblos, tendrán prioridad para los nombramientos de cargos docentes en los centros educativos en esas áreas.
Así lo estipula el Decreto Ejecutivo 409, que establece el procedimiento para nombramientos y traslado de personal docente del Ministerio de Educación (MEDUCA).
El Decreto 409, publicado en la Gaceta Oficial del lunes 11 de octubre, señala que los educadores además de tener conocimiento de las lenguas y las tradiciones, deberán cumplir con los requisitos exigidos para estos cargos, misión que recaerá en la Unidad de Coordinación Técnica para la ejecución de programas especiales de las áreas indígenas del MEDUCA.
A partir del 2006, el MEDUCA implementará el Programa de Educación Intercultural Bilingüe que requerirá de educadores que conozcan la lengua indígena.