La Autoridad Marítima de Panamá (AMP) paga mensualmente B/ 61,666 de alquiler por su sede principal en el edificio PanCanal Plaza, ubicado en el sector de Albrook.
De acuerdo con información aparecida en la Gaceta Oficial, el contrato es por B/ 3 millones 701 mil 254. Inició el 1 de marzo de 2009 y culminará el 28 de febrero de 2014.
El contrato de este arriendo se efectuó de manera directa con la empresa Inversiones y Construcciones Linrol S.A., presidida por Lincoln García.
El espacio que la AMP ocupa en este edificio es de 4,429.72 metros cuadrados.
Los peritos del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y de la Contraloría General de la República realizaron los avalúos exigidos y establecieron el canon de arrendamiento a razón de B/ 14 el metro cuadrado.
La sede principal de la AMP funciona en el edificio PanCanal Plaza desde el 2006, según la información.
Deuda.
La AMP adeuda a la empresa unos B/ 984 mil 992 en concepto de alquiler por 17 meses por el uso de 4,606.36 metros cuadrados, señaló García.
Sin embargo, la nueva administración de la institución advierte que solo adeuda cuatro meses.
La anterior administración había adquirido una intención de contrato con la arrendadora por B/ 2 millones 64 mil, que se establecía desde marzo de 2009 hasta febrero de 2012, pero quedó sin efecto, supuestamente, porque la Junta Directiva de la AMP no había firmado, aunque estaba aprobado por el Consejo Económico Nacional, según indicó el empresario.
De haberse alcanzado este contrato, la AMP se hubiese ahorrado más de B/ 1 millón; sin embargo, ahora, con el nuevo contrato tendrá que pagar los meses adeudados por el uso de instalaciones y los dos años prorrogados al contrato.
Con la nueva negociación, la Autoridad Marítima pagará más dinero por metro cuadrado. Antes, mensualmente pagaba B/ 58,040.13 por 4,606.36 mt2, ahora son más de B/ 61 mil por 4,429.72 mt2.
Sobre este punto, García no quiso dar su versión, mientras que la directora de Asesoría Legal de la AMP, Carlota Matos, dijo que el aumento se debió al cómputo del incremento del ITBMS dentro del canon de arrendamiento.