El Consejo de Gabinete aprobó terminar anticipadamente el contrato de publicidad en casetas y pasos peatonales que habían sido firmado 17 días antes que terminara el anterior gobierno entre el Ministerio de Obras Públicas (MOP) y una empresa representada por Pedro Campagnani T.
El contrato administrativo firmado el 12 de agosto de este año facultó a la empresa Mantenimiento y Publicidad a desarrollar la publicidad a lo largo de la Carretera Panamericana, desde el Puente de las Américas, en la provincia de Panamá, hasta Paso Canoa, en la provincia de Chiriquí.
El Gabinete fundamenta su decisión en que de alguna manera el contrato puede afectar la autonomía de los municipios y otros gobiernos locales en aquellos casos donde las estructuras en las que se instale la publicidad hayan sido construidas con sus fondos.
Otra de las objeciones es que el contratista percibirá un beneficio mayor que el Estado, pues en nueve años sólo pagaría 792 mil balboas como gastos de mantenimiento a cambio de la explotación comercial de la publicidad o anuncios publicitarios.
El aporte del contratista no incluye el mantenimiento estructural.
El contrato de agosto se realizó mediante contratación directa por ser un trabajo de "urgencia evidente" que no permitía conceder el tiempo necesario para celebrar el acto público de selección de contratista, destaca la Gaceta Oficial de ayer en la que se hace oficial la decisión del nuevo gobierno.
El Gabinete también sustenta la necesidad de terminar el contrato en el hecho de que en las contrataciones públicas es obligación de las entidades obtener el mayor beneficio para el Estado o los intereses públicos.
Destaca igualmente que el MOP puede llamar a licitación pública para el otorgamiento de las estructuras para concesión de anuncios publicitarios en casos específicos que incluyan los gastos de mantenimiento estructural.
La Resolución de Gabinete No. 129, que entró a regir desde su aprobación, el pasado 15 de diciembre, indica que con decisiones como ésta, el gobierno quiere darle mayor transparencia al acto público, como garantía y protección de los derechos de los administrados.