Las juezas de Garantías concedió como legal la medida parcticada por el fiscal Pedro Miguel González y mantiene la aprehensión provisional de las cuentas 01820010946756001a nombre de la sociedad TR Solucion S.A. y la 01820010822682001 a nombre de de la sociedad Omega Engineering INC S.A.
Además las juezas le solicitaron al fiscal que se abstenga a lo dispuesto en el artículo 8 del Código Procesal en cuanto a granatías y principios y reglas para evitar si fuera el caso de brindar información a los medios de comunicación social que pudieran afectar las garantías del imputado.
El magistrado separado no estuvo presente en la audiencia que fue solicitada por el fiscal del proceso, el diputado del Partido Revolucionario Democrático (PRD) Pedro Miguel González.