Nación

Corte se involucraría en política, magistrado

Incluso advierte que este mecanismo es peligroso, porque puede dilatar el resultado de las elecciones.


La Corte Suprema de Justicia puede quedar involucrada prematuramente en controversias político-electorales, al admitir la advertencia de inconstitucionalidad de los abogados del legislador Carlos Afú, advirtió el propio magistrado de esta corporación judicial, Arturo Hoyos. El planteamiento de Hoyos está contemplado en su salvamento de voto en el recurso de hecho negado por la Corte Suprema en el caso Afú.
Hoyos sostiene que, independientemente de la improcedencia de la advertencia en estrictos términos jurídicos, es inconveniente en los procesos electorales, porque puede convertirse en un instrumento para dilatar los resultados de las elecciones.
Agrega que con la admisión de la advertencia de inconstitucionalidad, el proceso seguido al legislador Carlos Afú en el Tribunal Electoral quedará paralizado hasta que la Corte tome una decisión final sobre ella.
A Afú se le sigue un proceso de expulsión del PRD y revocatoria de mandato por votar a favor del nombramiento de los magistrados de la Corte, Winston Spadafora y Alberto Cigarruista, propuestos por el Ejecutivo y rechazados por la dirigencia perredista.
Hoyos estimó que las decisiones emitidas por la Corte en años anteriores en este tipo de casos contribuyeron significativamente al éxito de los procesos electorales de 1994 y 1999, ya que preservaron la eficacia y prontitud de los juicios electorales y la rápida dilucidación de los triunfadores en aquellas elecciones, sin trabas procesales que hubiesen dilatado grandemente los resultados.
Por su parte, los magistrados José Troyano y Graciela Dixón, quienes también salvaron su voto, estimaron que la lectura del fallo permite constatar no sólo una serie incongruencias, sino incluso la ausencia de logicidad y correspondencia.
Además señalan que el recurso de hecho presentado ante la Corte por los abogados de Afú no debió ser acogido como lo fue mediante providencia del 20 de junio del 2002, imprimiéndole un procedimiento extraño al señalado por la Ley y sostienen que a éste ni siquiera debió dársele trámite.
Alegan que la resolución que motiva el fallo se extiende en consideraciones relativas a la advertencia de inconstitucionalidad, en circunstancias que abren el camino para el uso de este mecanismo como recurso dirigido a invalidar e incluso obstruir la labor del Tribunal Electoral.
También cuestionaron la forma en que se produjo el reparto del recurso de inconstitucionalidad, cuyo ponente es el magistrado Winston Spadafora, debido a que no fue sometido por los conductos regulares de reenvío.
Por su parte, el jurista Silvio Guerra aseguró que la Corte destrozó todo vestigio de seriedad e integridad del ordenamiento jurídico y que ha confundido lo de interpretar el derecho e integrar la norma jurídica. Debido a que el recurso de hecho no cabía por improcedente, se entraron a hacer elaboraciones doctrinales que permiten la posibilidad que cualquier decisión del Tribunal Electoral pueda ser cuestionada a través de una advertencia de inconstitucionalidad.
Guerra estimó que el fallo atenta contra la juricidad y se constituye en una sentencia de absolución contra la delincuencia política y protege a quienes no compaginan con los dictámenes de un partido político.
En tanto, el magistrado presidente de la Corte, Adán Arnuflo Arjona, justificó la acción de enviar un comunicado de prensa sobre la decisión de los magistrados que decidieron rechazar el recurso de hecho presentado por Afú, ya que se trata de un caso inédito.
Arjona también aseguró que ahora los miembros de esa corporación deberán entrar a resolver la advertencia de inconstitucionalidad presentada contra los estatutos del PRD que permite la revocatoria de mandato.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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