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Corte Suprema advierte sobre "vicios" en aprobación de ley en la Asamblea Nacional

Según el Pleno de la Corte Suprema, la Asamblea Nacional hizo cambios ilegales a un proyecto de ley en su paso de primer a segundo debate y lo devolvió sin contar con el quórum exigido.

Arnulfo Barroso Watson | abarroso@epasa.com | panamaamerica - Publicado:

La Asamblea Nacional, en diferentes periodos presidenciales, ha sido acusada de "meter camarones legislativos".

La Corte Suprema de Justicia advirtió en un reciente fallo sobre la aprobación en la Asamblea Nacional de una ley "preñada" de vicios constitucionales.

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En el fallo que declara inconstitucional la obligación de incluir en el plan académico de todas las universidades públicas y privadas del país la asignatura "Historia de las Relaciones de Panamá y Estados Unidos", la Corte enumera una serie de violaciones a la Constitución Nacional en el procedimiento de aprobación de este proyecto de ley.

Destaca que en el proyecto de ley 128 se discutieron en primer debate algunas propuestas de modificación que posteriormente fueron aprobadas, pero cuando el documento llegó a segundo debate presentaba cambios que no se aprobaron con la votación de los integrantes de la Comisión de Educación.

El Pleno de la Corte puntualiza que en la lectura del proyecto en segundo debate se evidenció que los artículos 6 y 9 fueron alterados.

"Lo anterior constituye vicio constitucional, toda vez que el texto que se va a discutir en segundo debate tiene que ser fiel y fidedigno, tal cual como se aprobó en primer debate", plantea la Corte.

Resaltan los magistados que en el primer debate no se le hizo una imposición a las universidades públicas y privadas para que dicten la cátedra de Historia de las Relaciones de Panamá y Estados Unidos, lo que sí apareció en el proyecto elevado a segundo debate.

Además, la Corte advierte "otro vicio constitucional" en la discusión de este proyecto de ley.

Detalla que el 11 de marzo de 2015 se incluyó en el Orden del día la discusión en tercer debate de esta iniciativa, pero ese mismo día se decidió regresarlo a segundo debate para ser modificado nuevamente, pero se hizo sin contar con el quórum reglamentario.

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Explica el fallo de la máxima corporación de justicia que el Reglamento Orgánico de la Asamblea Nacional exige que para tomar esa decisión se necesita que esté presente la mitad más uno de los diputados, es decir 36, sin embargo, se hizo únicamente con 22.

"Por lo tanto, habiendo 22 votos presentes ese día en el tercer debate, no se podía procesar absolutamente nada relacionado con dicho proyecto. Es decir, la remisión a segundo debate para introducir modificaciones, se fue preñado de otro vicio constitucional de procedimiento de la creación de leyes", enfatiza el fallo.

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La Asamblea Nacional, a través de los años, ha sido duramente cuestionada por los denominados "camarones y langostinos" legislativos, que son incluidos en la aprobación de leyes con normas lesivas para el Estado o que fueron aprobadas mediante "vicios constitucionales", como los que denuncia la Corte.

Antes de este pronunciamiento del Pleno de la Corte, nadie había llamado la atención sobre los vicios en la aprobación del proyecto de ley 128. La Corte manifiesta que tiene amplia jurisprudencia sobre la aprobación de leyes en la Asamblea que violan la Constitución y el Reglamento Interno de la AN.

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