Nación

Corte Suprema declara constitucional la reelección de Gustavo García de Paredes


El pleno de la Corte Suprema de Justicia declaró que el Artículo 50 del Reglamento General de Elecciones de la Universidad de Panamá (UP) no es inconstitucional.

La resolución, que tiene la ponencia del magistrado Víctor Benavides, establece que no se deben confundir las condiciones de elegibilidad de los candidatos para cargos de elección popular, en torneos electorales regidos por la Ley, con las elecciones universitarias.

El ex candidato a rector, Edgardo Molino Mola, interpuso una advertencia de inconstitucionalidad en contra de este punto porque, supuestamente, violaba el Artículo 137 de la Constitución Política, que estipulal que las condiciones de elegibilidad para ser candidato a cargos de elección popular, por parte de funcionarios, serán definidas por la ley.

 

El fallo valora la importancia de la autonomía que tiene la Universidad de Panamá, la cual es creada por ley, tiene gobierno propio y, literalmente, facultad de darse sus propias normas electorales internas. Molino Mola interpuso este recurso en contra de la reelección del rector de la UP, Gustavo García de Paredes.


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101 años de Panamá América

 
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