La Corte Suprema de Justicia tiene asidero jurídico para tratar el aumento de la tarifa eléctrica, aunque sea el Ente Regulador de los Servicios Públicos (ERSP) el competente para realizar las revisiones tarifarias.
El magistrado Adán Arnulfo Arjona sostuvo que este análisis está sustentado en la ponencia de su colega, Winston Spadafora, al acoger el amparo de garantías contra la Resolución No. JD-4763 expedida por el ERSP que permitió un aumento del 2.6% de la tarifa.
Este amparo ordenó la suspensión temporal del incremento del costo, sin embargo, Arjona sostiene que hasta tanto el magistrado sustanciador no eleve un proyecto al pleno de la Corte, no existe discusión del tema en la corporación de justicia.
"A partir de la decisión que tomó el magistrado sustanciador se han hecho interpretaciones y entiendo que lo que él hizo fue lograr una suspensión del anuncio del aumento, pero es el pleno el que debe decidir este amparo y no es de mi conocimiento que haya llegado", afirmó Arjona.
Recientemente el comisionado Carlos Rodríguez explicó que las leyes para realizar las revisiones tarifarias están claramente establecidas y establecen que es el ERSP quien regulará esta materia.
Sin embargo, independiente de la norma, el fallo de la Corte deberá ser acatado.