Lo que se denomina "femicidio": el asesinato de mujeres; fue calificado por la Alianza de Mujeres como la ineficacia de las autoridades, por el incremento de los casos en el país.
Vestidas de negro, las miembros de la Alianza de Mujeres de Panamá, explicaron que la mayoría de los "femicidios" se dan en el contexto de la relación íntima o relación de parejas y ex parejas.
"La mayoría son muertes anunciadas, y por tanto prevenibles, si las autoridades asumieran eficazmente su responsabilidad", dijo Alibel Pizarro.
Pizarro anunció que realizan una investigación por el "femicidio" de la profesora Beatriz Miller, con el fin de interponer una acción penal contra la autoridad que sea encontrada como responsable de no ejecutar la protección de la educadora asesinada.
En el caso de la muerte de la profesora Miller, la Alianza de Mujeres no entiende qué autoridad fijó la fianza de excarcelación al homicida.
También criticaron a la Policía Nacional por no hacer cumplir las boletas de alejamiento contra los agresores.
Ante estos hechos, la Defensoría del Pueblo reiteró que las medidas de protección son ineficaces, ya que el problema refleja debilidades en la prevención.
La Ley 38 de jluio de 2001 estableció medidas más severas para proteger a las víctimas de la violencia doméstica, pero aún no son suficientes.
La Ley 38 de 19 de julio 2001, autoriza con sus innovaciones a aplicar a los agresores: arresto provisional por 24 horas; allanamiento para rescatar a la víctima; prohibición de que se acerque al domicilio.
Cuando la violencia sea reiterada, se puede ordenar una protección especial para la víctima a cargo de la Policía Nacional.
Se establece que como hechos que configuran el delito de violencia doméstica, la agresión física, sexual, patrimonial o psicológica o el hostigamiento contra una persona, que conlleva sanción de 1 a 3 años o con medida de seguridad curativa que consistirá en un programa de tratamiento terapeútico multidisciplinario con atención especializada. La agresión sicológica se comprobará por un médico psiquiatra forense o un psicólogo forense (artículo 13 de la Ley 38 de 2001).