La existencia de nuevos elementos que demuestran la ilegalidad de la solicitud de extradición en contra de Ricardo Martinelli fue revelada por el equipo de defensa del exmandatario.
Su abogado Rogelio Cruz hizo referencia a violaciones a la Constitución y a las normas internacionales, sin embargo, para ser más específico, dijo que hay una abierta contradicción al artículo 546 del Código Procesal Penal, que habla sobre los requisitos para presentar una solicitud de extradición.
Cruz explicó que entre los requisitos se exige que haya una audiencia de imputación para cumplir con los protocolos de un proceso de extradición.
La solicitud de extradición contra Martinelli se basa en el caso de los espionajes telefónicos, proceso duramente cuestionado por haberse presentado un escrito de acusación sin imputar cargos.
El artículo 546, en su numeral 2, dice que cuando se trata de un imputado, hay que presentar copia de la resolución del juez o de la orden de detención.
En el caso sobre espionaje telefónico, las audiencias que se ha dado han sido únicamente para validar pruebas.
Esto demuestra que no hay una resolución en firme que limite la libertad corporal del exmandatario.
Precisamente, en la conferencia de prensa, se hizo eco de unas declaraciones del presidente Juan Carlos Varela que cuestionan el hecho de que Martinelli estuviera en el juego de fútbol entre las selecciones de Panamá y Argentina por la Copa América.
"Esto le dolió a Juan Carlos Varela, que Martinelli fuera aplaudido en los Estos Unidos", dijo Alejandro Pérez, parte de la defensa del exmandatario.
"La amargura es mala", indicó Pérez, al tiempo que denunció el uso de instituciones de Estado para perseguir a los abogados de Martinelli.
Su argumento fue respaldado por la abogada Alma Cortés, quien coordina la defensa del expresidente.
Cortés dijo que se han activado instituciones como el Ministerio Público, la Contraloría y la Dirección General de Ingresos (DGI) para perseguir a los abogados de la defensa de Ricardo Martinelli.
Indicó que el hecho más reciente fue la apertura de un proceso penal en su contra por parte del Ministerio Público, del cual se enteró en un medio de comunicación impreso.
La jurista dijo que estos procesos se arman como mecanismo de presión por la postura de los abogados en continuar con la defensa de Martinelli.
Sídney Sittón, uno de los abogados de Martinelli, dijo que existe una demanda en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) contra el Estado panameño con respecto a este tema.
Contra Sittón se ha armado un expediente en la DGI.
Recurso
Incidente de objeción: Rogelio Cruz, abogado de Martinelli, explicó en la oposición a la solicitud de extradición de Martinelli que el juez de garantías, Jerónimo Mejía, debía resolver el incidente de objeción contra el escrito de acusación que presentara el fiscal Harry Díaz.
Competencia: Entre los argumentos, se sustenta que Harry Díaz carece de competencia para investigar a Martinelli, tal como lo señala el artículo 260, numeral 3, en el que se establece que esta labor es exclusiva del Ministerio Público.
Control convencional: La solicitud de extradición de la Cancillería contra Ricardo Martinelli viola las convenciones internacionales que establecen que para que se pida a una personas, debe existir en firme una sentencia o, en su lugar, una formal imputación de cargos.