Fuerte cruce entre el Tribunal Electoral y la Corte por fallo
El presidente del TE, Erasmo Pinilla alertó que la Sala Tercera pone en peligro la democracia, por su parte, la CSJ afirmó que la decisión de suspender el fallo es "eminentemente provisional".
Tras el fallo emitido por la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia que ordena suspender una propaganda electoral promovida por el Movimiento Panamá Avanza, la reacción por parte del Tribunal Electoral no se hizo esperar.
Los magistrados del Tribunal Electoral, calificaron como "gravísima" la actuación de la Sala Tercera de la CSJ. "Es un día triste y funesto para nuestra democracia, y vemos en peligro la próxima contienda electoral que debe culminar el 4 de mayo de 2014", advirtieron los magistrados.
Aclararon que la única competencia que tiene la CSJ en Panamá para revisar decisiones en materia electoral es la acción de inconstitucionalidad, después que la decisión adoptada sea definitiva, irrevocable y obligatoria, citando el artículo 143 de la Constitución.
Por su parte, la Corte Suprema de Justicia aclara que el fallo dictado el pasado 31 de octubre del 2013, es eminentemente provisional y no decide el fondo de la controversia, es decir no constituye un criterio final o determinante para el pronunciamiento de fondo.
La Corte sostienen que la demanda no contituye una decisión en materia electoral propiamente tal, ya que lo que se demanda es una posible lesión a derechos humanos, cuyo conocimiento le compete a la Sala Tercera, tal y como lo estipula el Artículo 97, numeral 15 del Código Judicial.
“Las decisiones en materia electoral del Tribunal Electoral únicamente son recurribles ante el mismo y una vez cumplido los trámites de ley serán definitivas, irrevocables y obligatorias. Contra esas decisiones sólo podrá ser admitido el recurso de inconstitucionalidad".
Aclaró que esta norma impide la interferencia de otras autoridades u órganos del Estado en el ejercicio de la atribuciones privativas y exclusivas del TE, que tiene como finalidad garantizar la libertad, honradez y eficacia del sufragio electoral.
Los magistrados del TE, concluyen que el precedente que pretende establecer la Corte en este caso, pone en peligro la estabilidad y seguridad jurídica del proceso electoral, violando normas expresas y clara de la Constitución.
Señaló que la medida, deja cualquier decisión electoral sujeta a la intervención de la Sala Tercera de la Corte, que carece de competencia para incidir en la toma de decisiones en materia electoral.
Finalmente, se advirtió que la entidad electoral ejercerá la defensa de su competencia consagrada por la Constitución Política, al mismo tiempo, exhortaron a la Corte, devolver al país las condiciones de tranquilidad y confianza que debe prevalecer en el proceso electoral.