Nación

Gobierno deja sin efecto uso del triángulo


La medida que obligaba a los propietarios de automóviles particulares a portar un triángulo de seguridad, quedará sin efecto y sólo comenzará a regir para vehículos comerciales y de transporte público el 1 de julio y no el 15 de junio, anunció el director de la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre, (ATTT), Pablo Quintero Luna.
La decisión de suspender la medida será anunciada el próximo lunes, confirmó Quintero Luna, quien señaló que la decisión se adoptó luego de confirmar la existencia de un vacío en el decreto 63, a través del cual no se obliga a los autos particulares a portar el triángulo.
El director de la ATTT, quien se encontraba en una reunión con transportistas en Limones, Puerto Armuelles, provincia de Chiriquí, también anunció que ya no será necesario que los comerciantes lleven el triángulo a la Autoridad del Tránsito, pues sólo se le solicitará a los conductores que verifiquen que las medidas de la herramienta cumplan con lo establecido en el decreto 63.
Agregó que hasta el momento ya se ha autorizado a 15 comercios vender los triángulos, aunque ya los mismos se están vendiendo en algunas estaciones de gasolina y por parte de los buhoneros ambulantes que operan en los semáforos.
La decisión de la ATTT de aplicar los efectos del decreto 63, por medio del cual se obligaba a los conductores a portar un triángulo de seguridad para colocarlos en la vía en caso que sus autos sufrieran desperfectos mecánicos en la vía, generó la reacción adversa de un amplio sector de la sociedad.
Quienes adversaban la medida consideraron que esta norma acarrearía gastos extras a los propietarios de automóviles, en tanto que otro sector consideró que podría haber un monopolio comercial al permitir que sólo un pequeño grupo de empresas tuviera la autorización para vender los triángulos.
111 No obstante, la Autoridad Nacional del Tránsito aclaró que la medida sí entrará a regir para los autos comerciales y de transporte público a partir del próximo 1 de julio.
Recalcó, no obstante, que las cintas reflectivas deben ser portadas por los camiones, autos comerciales, autobuses de transporte público y taxis.
La cinta reflectiva debe ser colocada en las defensas traseras y delanteras y en los costados de los vehículos pesados, (camiones), mientras que para los buses y taxis sólo se exigirá que sean colocadas en las defensas.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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