Un “habeas corpus” preventivo fue interpuesto por la defensa técnica de Carlos de la Guardia, el pasado 5 de septiembre, para que sea declarada ilegal la medida restrictiva de la libertad personal dada en su contra, porque supuestamente viola el artículo 23 de la Constitución y otras normas legales.
En el documento que sustenta el “habeas corpus” se agrega que la medida restrictiva interpuesta va en contra de la resolución del pasado 10 de agosto de 2012 de la Sala Segunda de la Corte, que confirma la condena a 66 meses de prisión por los delitos de falsedad ideológica y estafa, tras la quiebra del grupo Adelag.
La acción presentada por Carlos Carrillo va en contra también de los magistrados de la Corte, Harry Díaz y Alejandro Moncada, y la fundamenta en que Díaz fue recusado por la defensa de Aquilino de la Guardia.
Agrega que el magistrado Díaz, sin esperar que la recusación fuera resuelta, procedió a redactar el proyecto de resolución del 10 de agosto de 2012 y lo remitió a los magistrados, siendo firmado por Moncada y con el salvamento del voto de Aníbal Salas.