El evento se realizará hoy en la Residencia del Uruguay, Edificio Torre Imperial, piso 4, La Cresta.
Sobre el número de cuotas que deben acumular los asegurados para tener derecho a la jubilación, se tendrá que distinguir entre la regla general y la regla especial.
La regla especial es aplicable a empleados cuyos servicios sean físicamente más erosionantes, como es el caso de los obreros de la construcción y otros. La regla general es aplicable al resto de los empleados.
Regla General: Los empleados comprendidos dentro de la regla general deben totalizar 264 cuotas, lo que significa trabajar un mínimo de 22 años.
Regla Especial: La regla especial comprende a los asegurados que laboran en trabajos físicos duros y riesgosos, como es el caso de los obreros que trabajan en la construcción y otros. Estos asegurados deben completar cuotas por un mínimo de 204, lo que significa trabajar un mínimo de 17 años.
De esta manera, las 180 cuotas que se exigían antes de la Ley 17 se elevan, según esta propuesta, a 264 en unos casos y a 204, en otros. Como se recordará, gracias a su política populista, en 1975 el general Torrijos redujo las cuotas necesarias para la jubilación de 240 a 180.
(Este artículo continuará mañana)