La cuestionada decisión del Segundo Tribunal de dictar un sobreseimiento provisional a favor de la representante legal de la empresa española Rasfer Internacional, Asunción Criado, se fundamentó en que los elementos aplicados para formularle cargos no fueron probados.
El fallo, bajo la ponencia del magistrado Luis Mario Carrasco, explica que en el expediente no se probó que Criado tuvo acceso al certificado de análisis que determinó que el producto exportado a Panamá no era para la fabricación de medicamentos, como lo afirmó el funcionario de instrucción. Criado, en su declaración, negó este hecho y fue comprobado por el testimonio de la persona que despachó la mercancía a Panamá
En la resolución, Carrasco hace un llamado de atención al agente instructor, indicando que no basta acreditar un delito a una persona por ser representante legal de una empresa o gerente de la misma.