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Martínez critica nueva adenda del Estado que beneficia a Sonda S.A.

"El Estado no tiene por qué pagarle a la empresa Sonda S.A. por el servicio de mantenimiento y compra de equipos", así lo manifestó el ...


"El Estado no tiene por qué pagarle a la empresa Sonda S.A. por el servicio de mantenimiento y compra de equipos", así lo manifestó el abogado Víctor Martínez, luego de conocer que el Consejo de Gabinete autorizó una segunda adenda al Contrato N.°SMP-026-2013 suscrito entre Metro de Panamá, S.A., y la Sociedad Nacional de Procesamiento de Datos (Sonda S.A.) por un monto de 117,652 dólares.

Martínez explicó que si el contrato entre la empresa estatal Metro de Panamá y Sonda S.A. (administrador financiero del sistema de cobro de pasaje del Metro de Panamá) se hizo a través de una concesión administrativa, sería nula la adenda.

Usuarios esperan fallo de la Corte por demanda

Indicó que la Ley 5 de 1988 establece muy claramente lo que es una concesión administrativa. "En una concesión administrativa. la empresa debe correr el riesgo del financiamiento de la obra", añadió.

Señaló que el problema en el contrato N.° 35 de 8 de abril de 2011 entre la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT) y la empresa Sonda S.A., fueron las adendas y en este momento se puede estar aplicando el mismo mecanismo en el contrato N.°SMP-026-2013 entre el Metro de Panamá con Sonda S.A.

"Si el contrato es igual o similar al de la ATTT, Sonda S.A. debe llenar los mismos requisitos", aseveró.

 

El Consejo de Gabinete, a través de Resolución, aprobó el martes una adenda al Contrato N.°SMP-026-2013 para el servicio de mantenimiento de los equipos de cobros de pasajes y para aumentar las cantidades de máquinas de venta y recarga de tarjetas.

Se detalla que Metro de Panamá, S.A. incluirá en el Contrato, a través de una adenda, el servicio de mantenimiento a los equipos del sistema de cobro de pasajes adicionales instalados en las estaciones Albrook, 5 de Mayo, Iglesia del Carmen y San Miguelito.

Sonda S.A. fue seleccionada en 2011 por una junta técnica panameña para administrar durante una década el sistema de tarjetas recargables del metrobús, que comenzó a operar ese mismo año a cargo de la firma colombiana Mi Bus.

 

En el 2013, la ATTT sancionó a la empresa Sonda S.A. con 2,080 dólares por el incumplimiento de la operación de los mil puntos de venta y recarga.


Usuarios esperan fallo de la Corte por demanda

Ha pasado un año desde que la Sala Tercera de la Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), admitió la demanda de nulidad para que se declare nulo el contrato entre la Autoridad del Tránsito (ATTT) y la empresa Sonda. S.A. y aún no hay respuesta. 

El abogado Víctor Martínez expresó que están a la espera de que se resuelva este proceso, en que cada una de las partes involucradas presentaron sus pruebas.

La acción fue admitida el pasado 29 de mayo por Abel Zamorano, suplente del magistrado Alejandro Moncada Luna.

 

Datos

  • Ley 5 de 1988
  • Establece muy claramente que en un contrato de concesión administrativa, la empresa debe correr el riesgo del financiamiento de la obra.
  • Autorización
  • El Consejo de Gabinete autorizó una segunda adenda al Contrato N.°SMP-026-2013 suscrito entre Metro de Panamá, S.A., y la empresa Sonda S.A. por un monto de 117,652 dólares.
  • Administración
  • La empresa Sonda S.A. administrará por una década el sistema de tarjetas.


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1002166
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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