Cumpliendo con los parámetros legales, mediante la Resolución No. 01-JD del 11 de enero del 2011 publicada en Gaceta Oficial, se modifica el desglose de la indemnización o compensación a los transportistas titulares de los certificados de operación y permisos provisionales que operan en el Corredor Norte y Sur.
De esa manera los buses con aire acondicionado de fabrica, mayor de 34 pasajeros, ya sean tipo “diablo rojo y “nevera” cobrarán una indemnización de B/ 75,000.00. El decreto anterior sólo establecía ese monto para los buses nevera.
Mientras tanto que los ómnibus o vehículos con capacidad mayor de 26 y menor de 34 pasajeros recibirán una indemnización de B/ 50,000.00.
En tanto que los propietarios de los buses sin aire seguirán cobrando B/35,000.00.
Esta compensación será aplicada a los titulares que cuenten con sus respectivos certificados de operación o con permisos temporales que hayan sido emitidos antes del 01 de julio del 2009.