Los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, aseguran que resulta una hipótesis no viable que con posterioridad a la expedición del finiquito de la Contraloría, se pretenda realizar una revisión administrativa en la esfera penal sobre el manejo de las partidas discrecionales de los expresidentes Ernesto Pérez Balladares y Mireya Moscoso.
También señalan que a lo largo de todo el expediente, las cuentas aludidas han sido declaradas fenecidas, por lo que conforme a la ley, quedan sin responsabilidad quienes las manejaron.
En el fallo bajo la ponencia del magistrado suplente, Juan Francisco Castillo, se considera sin lugar a dudas que hay suficiente evidencia que descarta la posibilidad que del manejo administrativo de las partidas secretas se desprenda responsabilidad penal hacia las personas mencionadas en la investigación, a quienes nunca se les hicieron cargos.
Tampoco hay indicios que los ex Presidentes sean responsables de la desaparición de los recibos de las partidas.
A la vez se han registrado denuncias por el presunto delito de corrupción de menores, por su participación en este tipo de producciones en las que se involucrado a extranjeros.